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Implicaciones en materia de seguridad social con los nuevos salarios mínimos - Ernst & Young - México

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Implicaciones en materia de seguridad social con los nuevos salarios mínimos

El pasado 19 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación, los nuevos salarios mínimos por área geográfica generales y profesionales, tal como lo dimos a conocer en su oportunidad.

En materia de seguridad social es importante tener en cuenta que esto modifica algunos de los parámetros de referencia para efectos de la integración o no de algunos conceptos al salario base de cotización.

De acuerdo con lo acordado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, los salarios mínimos generales a partir del 1 de enero de 2012 quedan como sigue:

  • Área geográfica A -- $62.33
  • Área geográfica B -- $60.57
  • Área geográfica C -- $59.08

Con motivo de este cambio, a continuación se menciona las implicaciones en materia de seguridad social:

  • Modificaciones a los salarios topados.

    El límite superior salarial con el que deberán cotizar los trabajadores que exceden las 25 veces de salario mínimo tal y como lo establece el artículo 28 de la Ley del Seguro Social quedará para este 2012 en$ 1,558.25

    Por lo que es de suma importancia llevar a cabo el envío de las modificaciones de salario de todo el personal que se encuentre en este supuesto.

  • Actualización del salario mínimo en sistemas

    Por otra parte, es necesario actualizar los salarios mínimos tanto en el sistema de nómina como en el sistema único de autodeterminación (SUA) para efectos de no tener problemas a futuro por pagos o retenciones insuficientes.

  • Descuento mínimo por alimentación (comedor) 

    En el caso de las empresas que otorgan el servicio de comedor, es importante tener en cuenta que para que esta prestación no integre al salario base de cotización, se deberá por lo menos descontar al trabajador por cada alimento el 20% del salario mínimo del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 fracción V de la ley del Seguro Social, por lo tanto el descuento mínimo para este ejercicio 2012 sería de: $12.46

  • Límite para vales de despensa

    La parte exenta de la despensa tal y como se establece en el artículo 27 fracción VI de la Ley del Seguro Social es del 40% del salario mínimo del Distrito Federal por lo que la cantidad diaria que estaría exenta para 2012 sería de: $24.93

  • Actualización en amortizaciones de crédito

    Los créditos Infonavit que estén pactados con un factor de descuento en veces del salario mínimo tendrán también un ajuste derivado del incremento autorizado al salario mínimo. Es importante hacer el ajuste al sistema de nómina para que considere este incremento y se hagan las retenciones de forma correcta, así como en el SUA para pagar adecuadamente.
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