Comunicado de prensa
28 ago. 2023 

EY Perú: 5 puntos a tomar en cuenta sobre la aplicación del Decreto Legislativo 1532, que busca mejorar la recaudación tributaria

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  • El incumplimiento en el pago del IGV y el IR superó los 55 mil millones de soles en el 2020.
  • Aún se encuentra pendiente la publicación del reglamento y resolución de Sunat estableciendo el procedimiento operativo pertinente para que el Decreto Legislativo 1532 se pueda aplicar.
  • El Decreto Legislativo 1532 resultaría aplicable a operaciones registradas hasta el 31 de diciembre de 2022, fecha en la cual la norma no estaba vigente lo cual denotaría una aplicación retroactiva de forma indebida.

Según estimaciones de la Sunat, los índices de incumplimiento en el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto a la Renta (IR) se han venido incrementando desde 2014 hasta representar en el 2020, respectivamente, el 38% y 54% del potencial recaudatorio. Traducido en cifras, el incumplimiento superaría los 55 mil millones de soles durante el año 2020. 

Por ello, con el fin de enfrentar la evasión tributaria y mejorar la recaudación, en el 2022 se aprobó el Decreto Legislativo N°1532, que apunta a erradicar la obtención de atributos fiscales como crédito fiscal en el IGV o costos y gastos en el IR por comprobantes de pago que representan operaciones simuladas por las que no se adquirió un bien o contrató un servicio. Tal práctica fraudulenta, que ha contribuido a la menor recaudación tributaria, es efectuada por los denominados Sujetos Sin Capacidad Operativa (SSCO); es decir, aquellas empresas que emiten comprobantes de pago pero que no cuentan con los recursos económicos, financieros, materiales, humanos, entre otros, o estos no resultan idóneos, para realizar las operaciones por las que se emiten dichos documentos. A la fecha, aún se encuentra pendiente la publicación del Reglamento y de la Resolución de Sunat estableciendo el procedimiento operativo pertinente.

El Decreto Legislativo 1532 representa un avance en la lucha frente a la evasión tributaria, ya que antes de la publicación de la norma no se contaba con un marco normativo formal que permitiera neutralizar y sancionar esta mala práctica no solo en cuanto a las operaciones que puedan ser materia de fiscalización por parte de Sunat, sino por todas aquellas en las que el SSCO emitió un comprobante de pago. Es importante que este Decreto se reglamente a la brevedad para poder ser aplicado, ya que experiencias similares en México y Colombia han demostrado que medidas como esta tienen el potencial de incrementar de forma relevante la recaudación tributaria

A continuación, EY Perú comparte algunas disposiciones de la norma que deben ser tomadas en cuenta para estar preparados para su aplicación, pues, según resalta Barja, "resulta muy importante que de forma anticipada las empresas evalúen si el Decreto Legislativo 1532 producirá un impacto tributario en sus finanzas. Esto implica revisar la calidad de sus proveedores actuales, determinar si su proceso interno para dar de alta proveedores está preparado para identificar casos de potenciales SSCO, entre otras medidas”.

Adicionalmente, de cara a la publicación del reglamento y resolución que establezca el procedimiento operativo para la aplicación del Decreto, Barja subraya la necesidad de evaluar la afectación al derecho de defensa de los contribuyentes que recibieron facturas emitidas por SSCO. 

El Decreto Legislativo 1532 otorga la opción al contribuyente de iniciar el procedimiento de revisión de los comprobantes de pago; sin embargo, en caso no lo haga y sea materia de una posterior fiscalización por parte de Sunat, los reparos a tales ‘operaciones’ no admitirían prueba en contrario

 

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Nota

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