2 minutos de lectura 14 oct. 2021

Se modificaron artículos que permiten la continuidad de las prestaciones de salud a trabajadores ante pandemia 

Cambios en la continuidad de las prestaciones de salud a los trabajadores en suspensión perfecta

Autores
José Ignacio Castro

People Advisory Services Partner, EY Perú

Abogado laboralista con amplia experiencia en la movilización internacional de personas, planificación de la fuerza laboral y asuntos sindicales. Apasionado de la lectura y el caballo de paso peruano.

Mauro Ugaz

People Advisory Services Partner, EY Perú

Experto en temas laborales desde hace 18 años. Comprometido con el bienestar de sus clientes y con el desarrollo de su equipo de trabajo. Docente universitario de pre y post grado.

2 minutos de lectura 14 oct. 2021
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Esta publicación es parte del Boletín Laboral.

¿Sabías que se modificaron las disposiciones relacionadas a la implementación de la continuidad de las prestaciones de salud a los trabajadores en suspensión perfecta de labores?

Mediante la Resolución de Gerencia General No. 1218-GG-ESSALUD-2021 se modificaron algunos artículos de la Directiva de Gerencia General No. 10-GCSPE-ESSALUD-2020, la misma que tiene como propósito implementar la continuidad de las prestaciones de salud a los trabajadores en suspensión perfecta de labores ante la pandemia del COVID-19.

En este sentido, las modificaciones más resaltantes son las siguientes:

  • Las Redes Prestacionales / Asistenciales y Órganos Desconcentrados, también estarán a cargo de la revisión de las prestaciones otorgadas y valorizadas.

  • La Gerencia de Acceso y Acreditación del Asegurado trabajará conjuntamente con la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, a fin de determinar los beneficiarios de la continuidad de las prestaciones de salud por el periodo de duración de la suspensión perfecta de labores.

  • La Gerencia de Acceso y Acreditación al Asegurado remitirá el listado consolidado de los beneficiarios de la continuidad de las prestaciones de salud con su respectiva acreditación a la Oficina de Estudios y Gestión de Riesgos de Seguros.

  • La Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas  a través de la Oficina de Estudios y Gestión de Riesgos de Seguros, realizará la valorización y liquidación de las prestaciones de salud otorgadas a los beneficiarios por las IPRESS de EsSalud a nivel nacional.

  • La Gerencia de Auditoría de Seguros y Verificación, validará las prestaciones de salud en forma individualizada por cada beneficiario, remitiendo el resultado de dicha actividad a la Oficina de Estudios y Gestión de Riesgos de Seguros para su valorización.

  • La Gerencia de Acceso y Acreditación al Asegurado de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, realizará la validación de las liquidaciones.

 

Fuente: Resolución de Gerencia General No. 1218-GG-ESSALUD-2021

 

 

Resumen

Se modificaron algunos artículos de la Directiva de Gerencia General No. 10-GCSPE-ESSALUD-2020 artículos que permiten la continuidad de las prestaciones de salud a trabajadores en suspensión perfecta de labores ante la pandemia del COVID-19.

Acerca de este artículo

Autores
José Ignacio Castro

People Advisory Services Partner, EY Perú

Abogado laboralista con amplia experiencia en la movilización internacional de personas, planificación de la fuerza laboral y asuntos sindicales. Apasionado de la lectura y el caballo de paso peruano.

Mauro Ugaz

People Advisory Services Partner, EY Perú

Experto en temas laborales desde hace 18 años. Comprometido con el bienestar de sus clientes y con el desarrollo de su equipo de trabajo. Docente universitario de pre y post grado.

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