Aprobado el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

El pasado viernes 16 de octubre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley sobre Determinados Servicios Digitales (DST, por sus siglas en inglés), tras la aprobación del texto por ambas cámaras parlamentarias.

El texto final no ha experimentado modificaciones significativas respecto del texto inicial propuesto por el Consejo de Ministros el 28 de febrero de 2020. Las características principales del impuesto coincidirían en esencia con lo previsto en la propuesta de Directiva presentada por la Comisión Europea el 21 de marzo de 2018, al configurarse como un impuesto indirecto cuyo tipo de gravamen es del 3% sobre los ingresos brutos derivados de determinados servicios digitales en los que existe una participación esencial de los usuarios en el proceso de creación de valor de la empresa.

Únicamente las compañías cuyo importe de cifra de negocios anuales sea al menos de 750 millones de euros y cuyos ingresos derivados de prestaciones de servicios digitales sean superiores a 3 millones de euros estarán sujetas a este impuesto.

20 10 19 Alerta Informativa Aprobado el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales