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El Tribunal Supremo confirma en la sentencia de 12 de junio de 2023 (RCA 915/2022) que la Administración tributaria no puede cuestionar un certificado de residencia fiscal emitido por otra Administración a los efectos de la aplicación de los convenios para evitar la doble imposición.
Sin perjuicio del importante avance que supone el criterio fijado que pone coto a la práctica administrativa que viene cuestionando tales certificados, el pronunciamiento despierta ciertas dudas aplicativas en una serie de situaciones en el ámbito del IRPF que abordamos en la presente alerta, y que requerirán de nuevos pronunciamientos por parte del Alto Tribunal.
23 07 06 TS Valor Probatorio Residencia Fiscal.pdf