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El 25 de octubre de 2022 la Dirección General de Tributos (DGT) publicó la consulta vinculante número V1947-22 relativa al Impuesto sobre el Patrimonio y en particular en relación con personas físicas no residentes en España que poseen inmuebles en este país a través de entidades extranjeras. La DGT confirma que el sujeto pasivo no está sujeto al IP puesto que no es titular (directo) de bienes situados en España. Esta nueva deriva en el criterio de la DGT aporta mayor certeza jurídica a contribuyentes no residentes con inmuebles en España a través de entidades extranjeras.
22 10 28 Alerta Informativa - IP y personas físicas no residentes con tenencia indirecta de inmuebles en España