El pasado 21 de febrero, el Congreso de Diputados aprobó el texto final de la Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (la “Ley”), que traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (la denominada Directiva de Whistleblowing).
Tal y como se desprende de su contenido, esta norma tiene como finalidad, por un lado, otorgar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre alguna de las acciones u omisiones a que se refiere en su artículo 2 y, por otro, fortalecer y fomentar la cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.
De este modo, la Ley aplicará, entre otros sujetos, a las personas físicas o jurídicas que tengan contratados cincuenta o más trabajadores, a partidos políticos y entidades que integran el sector público; y protegerá a las personas que informen a través de cualquier tipo de canal.