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El Tribunal Supremo concluye en Sentencia de 4 de marzo de 2022 (recurso de casación número 7052/2019) que una Orden Ministerial es una circunstancia sobrevenida que puede fundamentar la revocación de una liquidación tributaria firme. Las consecuencias derivadas del contenido de la referida Sentencia pueden tener un efecto práctico muy relevante, pues suponen el reconocimiento de una nueva vía para obtener la devolución de cuantías ingresadas al amparo de disposiciones legales o reglamentarias que se declaran contrarias a Derecho.
22 04 05 Alerta Informativa - Reflexiones sobre la STS de 4 de marzo de 2022