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Cambio climático: de riesgo a impacto contable

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Con la pandemia del Covid-19 se ha reforzado la consciencia de los riesgos del cambio climático en la sociedad y, por tanto, en las empresas.

Hace muchos siglos que la contabilidad contribuyó al desarrollo del comercio. Y ahora tiene un reto. La contabilidad moderna, que comenzó con la partida doble en el renacimiento, junto con otras innovaciones, permitió introducir nuevas formas y conceptos en el comercio internacional. Se pasó de un mercader itinerante, que necesitaba viajar para vender sus productos, a un mercader sedentario, que desde su oficina podía enviar sus productos a sus sucursales siendo capaz de controlar la evolución del negocio a través de la contabilidad. Fue el inicio del gran avance que vendría posteriormente en el comercio y en la sociedad.

Lo que hoy ocurre es que los usuarios de la información financiera están demandando cada vez más información sobre el impacto del cambio climático en los modelos de negocio, flujos de caja, situación financiera y resultados.

Igual que en el Renacimiento, la pregunta ahora es ¿está preparada la contabilidad para contribuir a la sociedad con este reto?

Las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera) no se refieren de una manera explícita al cambio climático, pero las entidades deben tener en cuenta su impacto cuando sea material. Quizá por ello, a finales de noviembre de 2020, el IASB (International Accounting Standards Board), publicó un documento informativo (“educational material”) que identifica qué requerimientos tienen las NIIF en relación con el cambio climático. Este documento no cambia, elimina o añade ninguna norma contable. Simplemente es un material de apoyo para facilitar a los emisores el desglose del impacto del cambio climático en la contabilidad.

A continuación, se resumen los puntos clave del documento para cada NIIF:

NIC 1 Presentación de Estados Financieros

El documento del IASB indica que la NIC 1 pide que las entidades desglosen información que, si bien no requerida específicamente por las NIIF, es relevante para la comprensión de los estados financieros por parte de los usuarios. Este requerimiento es aplicable a los aspectos de cambio climático si un inversor, de forma razonable, prevé un impacto significativo en la entidad y, por tanto, puede influir en sus decisiones. Asimismo, la NIC 1 requiere que los emisores se formulen la siguiente pregunta: ¿falta información importante en las cuentas anuales?

La NIC 1 requiere dar información sobre las hipótesis de futuro cuando tengan un riesgo significativo de dar lugar a ajustes en el próximo ejercicio. El riesgo de cambio climático afecta a los juicios y estimaciones, por lo que las entidades tienen que plantearse dar información al respecto.

La NIC 1 exige revelar, en las cuentas anuales, información sobre incertidumbres significativas si éstas generan dudas sobre la capacidad para continuar como “empresa en funcionamiento”. La problemática del clima puede dar lugar a incertidumbres sobre dicha capacidad.  Por tanto, al evaluar si el principio de empresa en funcionamiento es adecuado, para preparar las cuentas anuales, hay que considerar el riesgo climático.

NIC 2 Existencias

El riesgo de cambio climático puede hacer que los inventarios tengan obsolescencia, disminuyan los precios de venta o aumenten los costes de producción. Estos factores pueden impactar en el cálculo del valor neto realizable y, por tanto, suponer un deterioro contable de las existencias. 

NIC 12 Impuesto sobre las ganancias

Los compromisos climáticos pueden afectar a la estimación de ganancias fiscales futuras de forma que la entidad no pueda reconocer activos por impuestos diferidos o incluso deba dar de baja activos por impuestos diferidos existentes.

NIC 16 Inmovilizado material y NIC 38 Activos intangibles

Las estrategias que las empresas seguirán para adaptarse a la descarbonización van a implicar costes para adaptar sus actividades de negocio. Estas normas requieren analizar si estos costes cumplen con la definición de activo y, por tanto, pueden reconocerse como inmovilizado material o intangible.

Por otro lado, estas normas exigen revisar, al menos anualmente, la vida útil y el valor residual de los inmovilizados. Las estrategias de descarbonización pueden afectar a ambas estimaciones, ya que pueden acelerar las intenciones de utilización de los inmovilizados, su obsolescencia o incluso restricciones a su uso por el cumplimiento regulatorio. Hay que tener en cuenta que estas normas ya requieren revelar los valores residuales estimados, vidas útiles esperadas y los cambios que puedan sufrir.

NIC 36 Deterioro del valor de los activos

El valor contable de un activo o unidad generadora de efectivo (UGE) puede estar sobrevalorado si el cálculo de deterioro no tiene en cuenta el impacto del cambio climático. Al cierre de cada ejercicio hay que evaluar si existen indicios de deterioro. La exposición al riesgo climático puede constituir en sí mismo un indicador de que un activo o grupo de activos está deteriorado. De hecho, el ESMA (European Securities and Markets Authority), en su “public statement” sobre prioridades comunes de supervisión para el 2021 pide a las entidades evaluar si el cumplimiento del Acuerdo de París supone un indicador. Por ejemplo, si la demanda de productos que emiten gases de efecto invernadero disminuye, puede que una planta de fabricación se vea afectada. Todas estas estimaciones se verán afectadas por los cambios regulatorios que se puedan ir produciendo.

La NIC 36 requiere que, si el valor recuperable de un activo se estima usando el valor en uso, este cálculo se base en hipótesis razonables de las condiciones económicas, que representen la mejor estimación de la dirección. Esto exige contemplar el impacto del cambio climático en las estimaciones. 

Si el importe recuperable se estima sobre la base del valor razonable menos costes de venta, se deberá tener en cuenta la opinión del mercado sobre posibles cambios en la regulación sobre el clima que puedan afectar a la valoración.

Los riesgos climáticos podrían tener un impacto en las valoraciones. Por ejemplo, si hay nuevas normas de reducción de emisiones podrían incrementar los costes de fabricación. La NIC 36 requiere revelar las principales hipótesis utilizadas para medir el importe recuperable e información sobre la sensibilidad ante posibles cambios, los cuales podrían ser efecto de la problemática del clima. El ESMA, en su “public statement” de prioridades comunes de supervisión para las cuentas anuales del 2021 ha enfatizado este aspecto.

NIC 37 Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes y CINIIF 21 Gravámenes

La NIC 37 exige revelar en qué consiste cada provisión o pasivo contingente e indicar las incertidumbres sobre el importe o momento de toda salida de beneficios económicos. Los riesgos climáticos pueden afectar las provisiones reconocidas bajo la NIC 37: por gravámenes que penalizan el incumplimiento de objetivos climáticos, remediación de daños ambientales, contratos que se vuelven onerosos por pérdida de ingresos o el aumento de costes, o reestructuraciones necesarias para lograr objetivos de lucha contra el cambio climático. Por ello, es posible que se requiera revelar asuntos relativos al clima en este sentido. 

NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar 

Los temas relacionados con el clima pueden exponer a la entidad a riesgos en materia de instrumentos financieros. La NIIF 7 exige que la entidad revele la naturaleza y alcance de los riesgos procedentes de instrumentos financieros y cómo gestiona esos riesgos. Para entidades bancarias y instituciones de crédito, puede ser necesario dar información sobre el efecto de la problemática del clima en la valoración de las pérdidas crediticias esperadas o concentraciones de riesgo de crédito.

NIIF 9 Instrumentos financieros 

Los temas relativos al clima pueden influir en el cálculo de las pérdidas crediticias esperadas. Por ejemplo, si tienen impacto en el conjunto de escenarios económicos futuros o en la valoración del riesgo de crédito.

Por otro lado, estos factores pueden afectar la clasificación y valoración de la cartera de préstamos y créditos, ya que el prestador puede incluir cláusulas que vinculen los flujos de efectivo contractuales, a que el prestatario logre determinados objetivos de lucha contra el cambio climático. El prestador debe valorar si las condiciones contractuales del activo financiero dan lugar a flujos de efectivo que sean solo pagos de principal e intereses sobre el importe de principal pendiente. Además, esos objetivos climáticos pueden determinar la existencia de derivados implícitos que deban separarse del contrato principal.

NIIF 13 Valoración del valor razonable 

La opinión generalizada en el mercado sobre cuestiones relativas al clima, incluida la normativa, puede afectar la valoración del valor razonable de los activos y pasivos en los estados financieros.

En algunos casos, además, la problemática del clima puede afectar el desglose de valoraciones de valor razonable, sobre todo, las clasificadas en el nivel 3 de la jerarquía de valor razonable. La NIIF 13 exige la revelación de variables no observables empleadas en valoraciones del valor razonable. Esas variables deben reflejar las hipótesis que utilizarían los participantes en el mercado, incluidas las hipótesis sobre el riesgo climático. 

La respuesta a la pregunta inicial es que sí. La contabilidad está preparada para responder a las necesidades de información sobre el cambio climático que demandan los usuarios. Sin duda, va a ser un instrumento muy importante para que las empresas comuniquen cómo su estrategia de respuesta al riesgo climático enlaza con el impacto contabilidad, ya sea en el registro y la valoración o en los desgloses de información.

Resumen

Las empresas están siendo cada vez más conscientes del impacto del cambio climático. Ahora la pregunta es: ¿está preparada la contabilidad para contribuir a la sociedad con este reto?

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