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El pasado 24 de diciembre, a menos de una semana para la finalización del período transitorio y por tanto el cambio de estatus definitivo del Reino Unido a país tercero a efectos fiscales, la Comisión Europea y dicho Estado consiguieron por fin firmar el proyecto de Acuerdo de Comercio y Cooperación. A falta de su ratificación formal por los Parlamentos europeo y británico, concluyen así las difíciles negociaciones y se evita finalmente un escenario, impensable pero que casi llegó a parecer inevitable, en el que los intercambios de mercancías entre ambas jurisdicciones habrían pasado a quedar sujetos a aranceles.
La presente alerta refiere de manera sucinta el contenido de dicho Acuerdo, y recoge una relación de aspectos a considerar desde el 1 de enero por todos los operadores con intereses comerciales entre la Unión Europea y el Reino Unido.