La Autoridad Independiente de Protección (“AIPI”) del Informante ha aprobado la Recomendación 3/2026, de 7 de julio, mediante la cual establece los criterios para el diseño y la implementación de los Sistemas Internos de Información de la Administración General del Estado y en entidades instrumentales de Derecho público (“la Recomendación”).
Con este texto, la AIPI completa el conjunto de orientaciones que inició con la Recomendación 1/2026, de alcance general, y la Recomendación 2/2026, relativa a la Administración Local. En esta ocasión, la AIPI atiende a las particularidades propias del ámbito estatal: la heterogeneidad de las entidades obligadas, el blindaje institucional del Responsable del Sistema Interno de Información (“RSII”), la arquitectura técnica del canal y la protección efectiva del informante en el empleo público.
Conviene advertir que la Recomendación, como el resto de las dictadas por la AIPI, carece de carácter normativo y no impone obligaciones adicionales a las ya previstas en la Ley 2/2023, de 20 de febrero (“LPI”). No obstante, la Autoridad podrá ponderar su grado de observancia en el ejercicio de sus funciones de supervisión.