A continuación, se presenta el boletín de actualización fiscal del mes de noviembre, donde se comentan las últimas novedades legislativas y jurisprudenciales y la doctrina administrativa.
El TS en sus sentencias de 29 de octubre (Rec. 4701/2023) y 3 de noviembre de 2025 (Rec. 7626/2023) determina que el límite de la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio previsto en el artículo 31.Uno LIP que establece un límite conjunto a las cuotas del IP y del IRPF del 60% de la suma de las bases imponibles del IRPF, resulta aplicable a los no residentes.
El TEAC en su Resolución de 24 de septiembre de 2025 (R.G. 07312-2024) dictada en unificación de criterio, aclara la valoración fiscal del uso gratuito por un socio de bienes propiedad de su sociedad, distinguiendo entre operaciones vinculadas y rendimientos del capital mobiliario en especie, la valoración de los rendimientos y como ha de efectuarse la regularización. Aplicación del art. 41 LIRPF versus art. 25.1 d) y 43 LIRPF.
El TEAC en su Resolución de 20 de octubre de 2025 (R.G. 384/2022) cambia de criterio y en aplicación de la STJUE de 19 de diciembre de 2024 (Asunto C 601/23) acuerda la devolución de las retenciones soportadas en España por entidades no residentes que no habían podido ser deducidas en el IS de su país por insuficiencia de cuota, acogiendo asimismo la doctrina civil de la actio nata que impide la prescripción del derecho a obtener la devolución de las retenciones, únicamente pudiendo exigirse esta desde que en el país de residencia del no residente se verificó que la retención se convirtió en un gravamen definitivo.