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El 9 de febrero de 2026, la Junta Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU) publicó un documento que aclara y detalla cómo debe aplicarse la Comunicación 9/2025, especialmente en relación con la exigencia de acuerdos de confidencialidad (NDA) en las transferencias intangibles de tecnología.
Estas aclaraciones precisan en qué situaciones el NDA es obligatorio, qué contenido mínimo debe incluir y qué documentación adicional debe acompañar a las solicitudes de licencia. El enfoque se centra en reforzar el control de tecnología sensible transmitida por medios no físicos —como envíos electrónicos, acceso remoto a sistemas o intercambio de know‑how—, donde el riesgo de pérdida de control es mayor.