El 31 de marzo de 2026 se ha publicado en el BOE el Real Decreto (RD) 238/2026, que desarrolla la obligación de facturación electrónica B2B prevista en la Ley 18/2022 (Ley “Crea y Crece”) y regula el funcionamiento del sistema español de factura electrónica, basado en una plataforma o solución pública a la que deben conectarse todas las empresas.
El Real Decreto mantiene, en lo esencial, los requisitos y el funcionamiento del sistema ya previstos en el borrador sometido a audiencia pública en marzo de 2025. No obstante, incorpora algunas novedades relevantes, entre las que destaca la obligación expresa de comunicar la fecha de vencimiento del plazo de pago por parte del destinatario de las facturas electrónicas, junto con la fecha de pago efectivo.
En relación con la entrada en vigor de la obligación, el Gobierno ha indicado que la Orden Ministerial de desarrollo, que concretará las especificaciones técnicas y funcionamiento del nuevo sistema, se aprobará previsiblemente antes del 1 de julio de 2026. De este modo, la obligación resultaría exigible un año después para las empresas con una facturación anual superior a ocho millones de euros, aproximadamente, antes del 1 de julio de 2027, y dos años después para las restantes.
Las implicaciones prácticas para las empresas son significativas, con impacto directo en los procesos y sistemas que intervienen en el ciclo de facturación. En particular, será necesario reforzar la calidad y coherencia de los datos de clientes y proveedores, así como adaptar los sistemas para gestionar de forma eficiente las nuevas comunicaciones obligatorias relativas a la aceptación o rechazo de facturas y a su vencimiento y pago efectivo. Por ello, ahora es el momento idóneo para evaluar o iniciar las tareas previas de adaptación.
La presente alerta aborda dichas tareas y resume los elementos principales del nuevo sistema español de facturación electrónica, poniendo el foco en las novedades introducidas en el Real Decreto.