El pasado 3 de noviembre se publicó en el BOE la Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, por la que se aprueba y se publica el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo previsto en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres (la “Orden Ministerial de valoración de puestos”).
El Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres (el “Real Decreto 902/2020”) introdujo una regulación novedosa de diversos instrumentos a través de los cuales ha de aplicarse el principio de transparencia retributiva, entre ellos, la valoración de puestos de trabajo.
Dicho Real Decreto contempla la forma en que se debe proceder a realizar la valoración de los puestos de trabajo. Así, su artículo 4 desarrolla las diferentes categorías de factores que se deben tomar en consideración para entender que un trabajo tiene igual valor que otro, así como los criterios que deben regir la valoración: adecuación, totalidad y objetividad.
Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de estas obligaciones legales, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres, adscrito al Ministerio de Igualdad, han desarrollado una herramienta que incorpora un modelo voluntario de procedimiento de valoración de puestos de trabajo a través de la cual se ofrece a los sujetos obligados una garantía de cara a cumplir con los deberes legales y reglamentarios.
En base a lo anterior, la Orden Ministerial tiene por objeto aprobar y dar publicidad al procedimiento de valoración de puestos de trabajo previsto en el Real Decreto 902/2020. De esta forma, los principales aspectos regulados en la Orden Ministerial son los siguientes:
1. Cumplimiento de los requisitos formales exigidos en el Real Decreto 902/2020
Conforme al artículo 2, se entenderá que la valoración de los puestos de trabajo realizada utilizando la herramienta desarrollada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres, reúne los requisitos formales establecidos en el Real Decreto 902/2020.
2. Seguimiento de la herramienta
El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Igualdad, a través del Instituto de las Mujeres, realizarán, junto con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, el seguimiento de la implementación de la herramienta de valoración de los puestos de trabajo.