España implementa la imposición global mínima del Pilar Dos con la aprobación de la Ley del Impuesto Complementario.

El 19 de diciembre de 2024 el Congreso de los Diputados procedió a la aprobación definitiva de la Ley que establece un impuesto complementario a los grupos multinacionales y a los nacionales de gran magnitud. Tras su ratificación, el Boletín Oficial del Estado publicó el texto definitivo el 21 de diciembre de 2024 de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, incorporando el nuevo Impuesto Complementario a nuestro ordenamiento tributario con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 31 de diciembre de 2023.

La aprobación de esta Ley da cumplimiento a la obligación de transposición de la Directiva UE 2022/2523 del Consejo, de 15 de diciembre de 2022 en un contexto internacional de evolución normativa tendente a la adopción de medidas para reforzar la lucha contra la planificación fiscal agresiva en un mercado globalizado.
Esta Directiva encuentra su fuente en el conocido como Pilar Dos de la iniciativa BEPS (“Base Erosion Profit Shifting”) de la OCDE, cuyo objetivo es lograr el establecimiento de una fiscalidad mínima global del 15% para los grupos multinacionales. Para lograr este objetivo de alcanzar una tributación mínima global del 15% se ha adoptado un conjunto de reglas (Model Rules en su denominación en inglés) para calcular la tributación efectiva y capturar, en su caso, el defecto de tributación hasta el mínimo del 15%.
 

Alerta informativa - Ley Complemento mínimo global