Consejo y Parlamento alcanzan un acuerdo para simplificar las Directivas sobre reporting en sostenibilidad (CSRD) y la diligencia debida (CSDDD)

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El Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron este acuerdo tras meses de negociaciones y con posturas inicialmente alejadas sobre el alcance y la intensidad de las obligaciones en materia de sostenibilidad. El proceso se inició con la propuesta de la Comisión Europea, presentada en febrero de 2025 en el marco del paquete Omnibus I, cuyo objetivo era simplificar las Directivas sobre reporting en sostenibilidad (CSRD) y diligencia debida (CSDDD) para reducir cargas administrativas y mejorar la competitividad empresarial.

A partir de esa propuesta, el Consejo de la UE adoptó una posición negociadora centrada en elevar umbrales y limitar el alcance de las obligaciones, mientras que el Parlamento Europeo definió su propia posición defendiendo una simplificación con salvaguardas. Estas diferencias se resolvieron mediante varias rondas de negociaciones interinstitucionales en trílogo durante el segundo semestre de 2025, que culminaron en un acuerdo político el 9 de diciembre de 2025.

El pacto eleva los umbrales de aplicación de la CSRD a empresas con más de 1.000 empleados y una facturación neta anual superior a 450 millones €, excluye a pymes cotizadas y a holdings financieros, e introduce exenciones transitorias para las “empresas de la primera ola” en 2025 y 2026, además de limitar la información que las empresas sujetas pueden requerir a sus socios de la cadena de valor. En cuanto a la CSDDD, el acuerdo fija su alcance solo a grandes corporaciones con más de 5.000 empleados y 1.500 millones € de facturación neta, eliminando la obligación de mapeo exhaustivo de toda la cadena y permitiendo un enfoque de diligencia basado en riesgos con ejercicio de scoping más general. Entre otras medidas de alivio, se suprime la obligación de planes de transición climática, se limita la responsabilidad civil armonizada a nivel nacional y se establece un tope de sanciones del 3 % de la facturación neta mundial. El pacto también incluye cláusulas de revisión futura del alcance de ambas directivas y aplaza la transposición de la CSDDD hasta el 26 de julio de 2028 con cumplimiento efectivo desde julio de 2029, antes de ser formalmente adoptado por ambas instituciones.

El acuerdo sería sometido a aprobación definitiva por el Parlamento Europeo el 16 de diciembre.

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