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En esta nota explicativa sobre el artículo 29, tiene como objetivo garantizar interoperabilidad regulatoria, proporcionalidad y seguridad jurídica en la aplicación de los Amended ESRS. En ella se aclara cómo los Amended ESRS dan cumplimiento a los requisitos establecidos en dicho artículo al elaborar y revisar los estándares de información en sostenibilidad. El artículo 29 corresponde a la Directiva de Información de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), que modifica la Directiva de Contabilidad (2013/34/UE) y establece los criterios que la Comisión Europea debe considerar al adoptar los ESRS mediante actos delegados. En particular, exige tener en cuenta la coherencia con otra legislación de la UE (Taxonomía, SFDR, ETS, legislación climática y social) y con iniciativas internacionales relevantes. La nota detalla cómo EFRAG ha incorporado estas referencias en el diseño de los requisitos de divulgación revisados.