Apostando a las inversiones:
La promoción y protección de inversiones fue declarada de interés nacional en 1998 a través de la Ley N°16.906, la cual en el Capítulo III estableció el otorgamiento de beneficios fiscales a proyectos de inversión declarados promovidos por el Poder Ejecutivo.
El gobierno, a través del régimen promoción de inversiones, pretende incentivar las inversiones y acompañar a las empresas a que no dejen de apostar al crecimiento, dando una buena oportunidad para invertir en nuevos proyectos. Actualmente este régimen se encuentra regulado por el Decreto N°268/020.
¿Quiénes pueden acceder al régimen?
Todos los contribuyentes de IRAE que posean ingresos gravados por el IRAE y cooperativas, podrán solicitar se las considere a efectos de obtener los beneficios de la declaratoria promocional presentándose a tal fin ante la COMAP (Comisión de Aplicación).
¿Qué inversiones se consideran elegibles?
- Bienes corporales muebles destinados a la actividad de la empresa (costo mínimo UI 500).
- Construcción de bienes inmuebles o mejoras fijas en inmuebles propios o ajenos. (agregar vigencia 3 años)
- Plantines y costos de implantación de árboles y arbustos frutales plurianuales.
- Transitorio – Vehículos de pasajeros eléctricos destinados directamente a la actividad de la empresa, de hasta USD 40.000 valor CIF. Proyectos presentados hasta el 31 de agosto de 2025
¿Cuáles son los plazos para las inversiones?
- Para las inversiones realizadas, se podrán computar a partir del inicio del ejercicio o bien durante los 6 meses anteriores a la presentación del proyecto (con factura) sin tope de inversión, pudiéndose presentar un proyecto luego de ejecutado o en un avanzado estado de ejecución.
- Para las inversiones a realizar, se podrán considerar presupuestos por las obras o bienes a incorporar en el proyecto de inversión por un plazo de hasta 10 ejercicios posteriores a la presentación del proyecto.
¿Qué beneficios fiscales se pueden obtener?
Exoneraciones de IRAE (Impuesto a la Renta de Actividades Económicas)
La resolución que aprueba el proyecto de inversión establece el porcentaje de inversión exento de IRAE en UI (Unidades Indexadas) junto con el plazo para utilizar el beneficio.
- Se podrá obtener una exoneración mínima del 30% y hasta el 100% del monto invertido elegible según la reglamentación.
- Podrá utilizarse el beneficio en cada ejercicio hasta el menor de los siguientes topes:
- El monto de beneficio otorgado en la resolución.
- El monto de inversión efectivamente ejecutada hasta el momento del vencimiento del plazo para presentar la Declaración Jurada de IRAE.
- El 90% del IRAE a pagar del ejercicio.
- Se podrá utilizar el beneficio en un plazo de 4 a 25 años, pudiendo ser el primero el de presentación del proyecto.
Exoneración de IP (Impuesto al Patrimonio)
- Exoneración a los bienes muebles incluidos en la inversión elegible del proyecto por toda su vida útil, y de la Obra Civil promovida durante 8 años en Montevideo y 10 años en el Interior.
Exoneración de IVA (Impuesto al Valor Agregado)
Las empresas cuyos proyectos de inversión hayan sido declarados promovidos podrán gozar de devolución del Impuesto al Valor Agregado por la adquisición en plaza de materiales y servicios destinados a la obra civil y de los bienes muebles destinados al proyecto de inversión.
Exoneración de tasas y tributos a la importación
Exoneración a la compra en el exterior de los bienes de activo fijo y de materiales para la Obra Civil, siempre que sean declarados no competitivos con la industria nacional.
¿Cómo se asignan los beneficios?
Los beneficios surgen de una evaluación conjunta de los montos de inversión comprometidos y el cumplimiento de ciertos indicadores definidos por la normativa. La COMAP ha establecido una matriz de indicadores a partir de la cual se calcula un puntaje que determina tanto el porcentaje de exoneración de IRAE como el período para su uso. Los indicadores que componen esta matriz son los siguientes:
- Generación de empleo: Partiendo de una base de referencia calculada a elección del contribuyente como el promedio de empleados en nómina en los 12 meses previos a la presentación del proyecto o los 12 meses previos a la primera factura de inversión asociada al proyecto, se establece el compromiso de aumentar el número de empleados en nómina en el promedio de los siguientes 3 ejercicios, comenzando desde el ejercicio siguiente al de presentación del proyecto. A mayores montos de inversión será necesario un mayor compromiso de empleo para obtener los beneficios.
- Aumento de exportaciones: El procedimiento y los plazos son iguales a los utilizados para el indicador de Generación de empleo, pero considerando las cifras exportaciones de la empresa.
- Descentralización: Dependiendo del departamento en que se radique la inversión, se otorga un puntaje específico (todos los departamentos computan a efectos de este indicador).
- Tecnologías limpias: Se promueve la inversión en tecnologías limpias según la participación porcentual de este tipo de inversiones en el total del proyecto.
- Investigación, Desarrollo e Innovación: Al igual que para Tecnologías limpias se promueve la inversión en estos conceptos.
- Indicadores sectoriales del ministerio evaluador: En función del proyecto presentado y el giro del contribuyente, se podrán aplicar indicadores sectoriales específicos al proyecto. Cabe destacar que cada proyecto tendrá la opción de seleccionar un indicador sectorial para su evaluación.
Para acceder al régimen hay que alcanzar un puntaje mínimo en la matriz de indicadores. Obteniendo como mínimo una exoneración de IRAE equivalente al 30% de la inversión promovida, a utilizar en un plazo mínimo de 4 años. A mayor puntaje podrá obtenerse una mayor exoneración. Alcanzar el mínimo permite acceder a los demás beneficios fiscales solicitados.
Existe la posibilidad de utilizar una matriz simplificada para aquellos proyectos que solo contemplan el incremento de empleo. Esta matriz otorgará un porcentaje de exoneración en función al incremento promedio de empleo y monto de inversión comprometido.
Ampliación de Proyectos de Inversión
Podrá presentarse una ampliación del proyecto promovido durante el plazo de utilización de la exoneración del IRAE establecido en la Resolución siempre que coadyuven a la concreción de los objetivos establecidos para el proyecto original.
En el caso de ampliaciones hasta un 10% del monto de inversión comprometido en el proyecto original, no requiere comprometerse a ningún incremento adicional en los indicadores
Si las ampliaciones son mayores al 10% pero menores al 30%, deberán comprometerse a incrementar de forma proporcional el puntaje de los indicadores.
El porcentaje de exoneración, el plazo de uso y cronograma de cumplimiento será el mismo que se haya definido en la presentación original del proyecto.
Control y seguimiento
En un plazo de 4 meses desde el cierre de cada ejercicio se deberá informar:
- Avance de la inversión.
- Cumplimiento de indicadores.
- Beneficios utilizados de IRAE, IP, IVA y tasas y tributos a la importación.
Se deberá presentar a partir del cierre de ejercicio en que se presenta el proyecto, independientemente de si el proyecto resultó aprobado o no y hasta que finalice la vigencia de los siguientes tres plazos:
- Cronograma de ejecución de inversiones.
- Cronograma de cumplimiento de indicadores.
- Plazo de uso del beneficio de IRAE.
Pérdida de beneficios por incumplimiento
Existen tres niveles de incumplimiento:
- Incumplimiento en la presentación de información de control y seguimiento anual.
- Incumplimiento en los indicadores comprometidos.
- Incumplimiento en la ejecución de la inversión comprometida. En este punto puede haber distinto grado de incumplimientos, según se hayan cumplido o no los objetivos sustanciales de la inversión comprometida.