El pasado miércoles, 9 de junio, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 400/2021 por el que desarrollan las reglas de localización de los dispositivos de los usuarios y las obligaciones formales del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, y se modifica el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección. Aunque oficialmente se abandona la denominación de reglamento, a lo largo de la presente nota mantendremos esa denominación al ser la única disposición de carácter reglamentario que va a desarrollar el contenido de la Ley 4/20202, de 15 de octubre.
Asimismo, el pasado 10 de junio, el Ministerio de Hacienda publicó el borrador de Resolución interpretativa de la DGT del citado impuesto. Un texto ampliamente demandado por el sector empresarial, que pretende establecer criterios interpretativos y aclaratorios para la aplicación del nuevo tributo, lo cual se considera imprescindible teniendo en cuenta tanto su novedad como su inmediata aplicación.