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El Consejo de la Unión Europea aprueba el Reglamento de Gobernanza de Datos

EY Law Argentina | Por Jorge Garnier y Laila Nicole Yu.

Con fecha 16 de mayo de 2022, el Consejo de la Unión Europea aprobó el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la gobernanza europea de datos (“Reglamento de Gobernanza de Datos”, en adelante, el “Reglamento”). Se trata de un conjunto de disposiciones para promover la disponibilidad de los datos y construir un entorno fiable que facilite su uso para la investigación y la creación de nuevos servicios y productos innovadores. Es decir, su objetivo consiste en facilitar el intercambio de datos, entre otras cosas, reforzando la confianza en los intermediarios de datos que intervendrán en los distintos espacios de datos. A su vez, dicho Reglamento contribuirá al establecimiento del mercado único de datos al propiciar que surjan servicios innovadores que operen a través de las fronteras sobre la base de un conjunto de disposiciones armonizadas.

El Reglamento establece:

a) Las condiciones para la reutilización, dentro de la Unión Europea, de determinadas categorías de datos que obren en poder de organismos del sector público;

b) marco de supervisión para la prestación de servicios de intermediación de datos;

c) marco para la inscripción voluntaria en un registro de entidades que recojan y traten datos cedidos con fines altruistas; y

d) marco para la creación de un Comité Europeo de Innovación en materia de Datos.

Asimismo, dicho Reglamento se aplica a aquellos datos que obren en poder de organismos del sector público, que estén protegidos por motivos de: 

a) Confidencialidad comercial, incluidos los sectores comerciales, profesionales o empresariales;

b) Confidencialidad estadística;

c) Protección de los derechos de propiedad intelectual de terceros; o

d) Protección de los datos personales, en la medida que tales datos queden excluidos del ámbito de aplicación de la Directiva 2019/1024 (Directiva sobre datos abiertos).

Por su lado, el Reglamento también incluye capítulos en donde se detallan requisitos para los proveedores de servicios de intermediación de datos, así como disposiciones para facilitar la cesión altruista de datos. El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, y será obligatorio en todos sus elementos, siendo directamente aplicable en cada Estado miembro de la Unión Europea, además de servir de referencia a nivel mundial. 

Acceda al Reglamento completo en español

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