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Con fecha 27 de marzo de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General N.° 10/2024 de la Inspección General de Justicia (la “RG 10/24”), por medio de la cual se modifica el régimen aplicable a las sociedades extranjeras inscriptas dentro de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En primer lugar, se procedió a derogar la Resolución General N.° 8/2021 dictada con fecha 13 de mayo de 2021. Se detallan a continuación las principales reformas:
Se deja sin efecto el régimen especial de inscripción para las sociedades vehículo;
No será requisito que la sociedad extranjera se encuentre domiciliada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para poder participar en sociedades locales inscriptas en dicha jurisdicción; y
No será necesario la presentación de un plan de inversión.
Asimismo, por un lado, se reestableció la redacción anterior a la Resolución General Nro. 8/2021 respecto de ciertos artículos de la Resolución General 7/15 IGJ entre los cuales se encuentra la acreditación de los criterios de notoriedad y conocimiento público a través de la identificación como integrante de un grupo económico.
Por otro lado, en el caso de sociedades constituidas en países considerados de baja o nula tributación, la IGJ realizará un análisis exhaustivo para su inscripción en esta jurisdicción, y se amplió la aplicación del régimen informativo anual abreviado por cinco ejercicios consecutivo, entre otros.
La Resolución General N.° 10/2024 entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y sus efectos se extenderán a los trámites ya iniciados ante la Inspección General de Justicia.
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