Reducción de la alícuota de Impuesto PAIS para operaciones de comercio exterior

En el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N.° 777/2024, mediante el cual se modificó la alícuota de Impuesto “PAIS” ―Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria― prevista para la compra de moneda extranjera a los fines del pago al exterior de determinados bienes y servicios.

En este sentido, se redujo de 17,5 % a 7,5 % la alícuota del impuesto mencionado aplicable a:

  • La adquisición en el exterior de los servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de importación o exportación de bienes, o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes, identificados con el Código del Régimen Informativo Contable Mensual para Operaciones de Cambio BCRA S04, S30 y S31.
  • La importación de las mercaderías, a excepción de los bienes denominados “suntuarios”.

De acuerdo con la información recibida de parte de ciertas Cámaras, el Sistema Informático Malvina ―SIM― ya se encuentra actualizado conforme a esta nueva alícuota.  

Es importante mencionar que este Decreto comenzará a regir para todas aquellas operaciones de compra de divisas en moneda extranjera efectuadas a partir del 03/09/2024. En este sentido, habrá importadores que se encontrarán con la situación de haber oficializado a una alícuota de impuesto PAIS mayor a la que regirá al momento del hecho imponible, esto es, la compra de la moneda extranjera para el pago al exterior.

Hemos tomado conocimiento que se evaluara una medida para la devolución. En caso de no prosperar, se deberán evaluar las alternativas para un reclamo particular del mismo.

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