Actualización de quebrantos bajo la lupa: las acciones de la ARCA, posibles riesgos y cómo mitigarlos eficazmente

En el marco de la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2024, hemos advertido que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha comenzado a desplegar una serie de acciones tendientes a indagar e, incluso, cuestionar la metodología de liquidación utilizada por ciertos contribuyentes, especialmente en lo concerniente a la actualización por inflación de los quebrantos impositivos.

A la postura ya conocida del Fisco Nacional —recientemente ratificada por la creación del plan de pagos de la Resolución General 5684, con Campañas de Comunicación direccionadas a ciertos contribuyentes instando a su adhesión— se suma ahora un nuevo servicio en la página web del Organismo —denominado “Nuestra Parte”— en el cual se pueden visualizar los resultados impositivos informados en las últimas seis declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, así como las diferencias detectadas en el traslado y/o cómputo de quebrantos.

Con un criterio automatizado —inmediatez mediante— la ARCA apuntaría a detectar —según su interpretación normativa— presuntas inconsistencias vinculadas con la actualización de quebrantos impositivos. Bregamos por el uso de las vías procesales adecuadas al efecto en el entendimiento que cada contribuyente podrá ejercer, según el caso, su derecho de defensa en tiempo y forma oportuno.

Es importante destacar que existen mecanismos jurisdiccionales idóneos para oponerse eventualmente a pretensiones fiscales que se adviertan inadecuadas o incluso erróneamente encuadradas en tipos infraccionales inapropiados. Tal el caso, por ejemplo, si se imputan conductas de tipo doloso (evasión de impuesto) y/o culposo (omisión de impuesto) para situaciones en las que indefectiblemente no haya mediado ardid, engaño ni culpa o negligencia propiamente dicha.

Anticiparse a potenciales controversias con argumentos claros, precisos, coherentes y jurídicamente fundados en derecho, permite preservar el derecho de defensa del contribuyente y ganar tiempo crucial desde antes de las fiscalizaciones, para el desarrollo de los mismos, dentro del marco de una estrategia que se inscribe, en este caso, por las particularidades que se observan, como la mejor práctica en defensa de los intereses de nuestros clientes. 

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