El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha establecido nuevas tarifas específicas para el cálculo del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).
Además, se realizaron las siguientes modificaciones:
- Se estableció el cupo anual de exención del ICE para bebidas alcohólicas.
- Se ajusta el valor del precio de venta del fabricante y precio ex aduana para la aplicación de la tarifa ad valorem del ICE.
- Se establecen los precios referenciales de perfumes y aguas de tocador para el cálculo de la base imponible del ICE.
Estas disposiciones se encuentran vigentes a partir del 01 de enero de 2026.
Fuente legal
Resoluciones Nros. NAC-DGERCGC25-00000040, 00000041, 00000042 y 00000043 del SRI publicado en el Registro Oficial del Ecuador, Segundo Suplemento N° 194. el 29 de diciembre de 2025.