3 de febrero de 2025 | Santiago, Chile.

El avance de la Sostenibilidad Tributaria

Por Alicia Domínguez, socia líder de Sostenibilidad Tributaria EY Chile

En esta segunda columna de nuestra serie sobre la vanguardia en los impuestos, toca referirse a la “sostenibilidad tributaria”. Sin lugar a duda, un concepto tan novedoso como desafiante, no sólo para los contribuyentes, sino también para la autoridad tributaria. Su genuina instalación en Chile requerirá de saltos de confianza y cambios de paradigma.

Pero este concepto no es un invento chileno, sino una nueva realidad impulsada por macrotendencias, que sería inocente e inoficioso no reconocer. Son tales: (i) la mayor demanda de información no financiera sobre sostenibilidad tributaria por parte de los distintos grupos de interés; (ii) el creciente reclamo de un comportamiento fiscal sostenible, en términos de control y gestión de riesgos y en términos de un pago justo de impuestos, con información pública de qué impuestos se pagan y dónde; (iii) los programas de fiscalización de las autoridades tributarias vienen promoviendo un cumplimiento cooperativo, en que pretenden sustituir el control a posteriori por el control contemporáneo de la gestión tributaria de los contribuyentes; (iv) la preferencia de algunos inversionistas por proyectos con comportamiento tributario responsable y transparente, tanto en contribución tributaria como en gobernanza fiscal; (v) la elevación a nivel de directorio de la responsabilidad fiscal requiere de marcos de control fiscal robustos.

A estas macrotendencias, que impulsan la sostenibilidad tributaria, se suman también las directrices de la OCDE en materia de principios de gobierno corporativo, que aconsejan al respecto que sean los directorios los que supervisen el sistema de gestión de riesgos y los mecanismos diseñados para asegurar que los riesgos financieros, regulatorios y reputacionales asociados con la tributación sean completamente identificados y evaluados.

La OCDE va más allá y plantea las líneas directrices para empresas multinacionales sobre conducta empresarial responsable.  Así este organismo internacional sugiere que las estrategias de las empresas comprendan: (i) el cumplir con la letra y el espíritu de las leyes y regulaciones fiscales de los países en que operan; (ii) proporcionar a las autoridades competentes información oportuna que sea pertinente o requerida por la ley a efectos de la correcta determinación de los impuestos que deberían liquidarse en relación con sus operaciones; (iii) adecuar las prácticas en materia de precios de transferencia al principio de plena competencia; (iv) tratar la gobernanza fiscal y el cumplimiento de las obligaciones tributarias como elementos importantes de sus sistemas más amplios de supervisión y gestión de riesgos; entre otros elementos.

La doctrina dice, y la práctica está probando, que una estrategia integral de gestión de riesgos que incluya la dimensión fiscal permitirá a la empresa no solo actuar como un buen ciudadano corporativo, sino también gestionar eficazmente el riesgo fiscal, lo que puede servir para evitar importantes riesgos financieros, regulatorios y de reputación para una empresa.

Como vemos no se trata de un invento chileno. Sí podemos decir que Chile es un alumno aventajado.  La reforma tributaria, vigente desde 1 de noviembre de 2024, recoge el concepto de sostenibilidad tributaria y se centra en dos conceptos claves: la transparencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la colaboración mutua con la autoridad tributaria.  El nuevo marco normativo contempla además dos vías concretas para lograr la certificación y aparición en un registro público de contribuyente sostenible. 

Lo aconsejable entonces es seguir las señales, ser sostenible no es más que hacer bien las cosas; bien implementada la sostenibilidad tributaria no puede sino traer beneficios. 

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