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En EY, nuestro propósito es construir un mejor mundo de negocios. Las perspectivas y servicios que brindamos ayudan a crear valor a largo plazo para los clientes, las personas y la sociedad, y generar confianza en los mercados de capital.
El pasado 07 de abril de 2021 se firmó el Acuerdo para el intercambio de información con fines fiscales entre el Servicio de Rentas Internas (SRI) y la Administración Tributaria de Estados Unidos (Internal Revenue Service).
A continuación, presentamos un resumen de los puntos, términos y condiciones más relevantes del Acuerdo Internacional.
A. Objeto y Ámbito del Acuerdo
B. Jurisidcción
C. Impuestos Comprendidos
D. Intercambio de Información previo Requerimiento
E. Intercambio Automático y Espontáneo de Información
F. Inspecciones Tributarias en el Extranjero
G. Posibilidad de Denegar una Solicitud
H. Confidencialidad
I. Procedimiento Amistoso
K. Entrada en Vigencia
L. Terminación
Fuente legal
Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República del Ecuador para el intercambio de información en materia tributaria.