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El Servicio de Rentas Internas (SRI) aprobó el Instructivo para la Aplicación de la Transacción en Materia Tributaria.
La Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal estableció que las obligaciones tributarias pueden ser objeto de transacción, en virtud de lo cual, un procedimiento administrativo o judicial queda concluido a consecuencia de acuerdos plasmados en un Acta Transaccional.
El SRI ha dispuesto la posibilidad de aplicar métodos alternativos de solución de conflictos para extinguir obligaciones tributarias. Así, el único procedimiento para instrumentar la transacción en materia tributaria es el proceso de mediación que culmine con un acta efectuada por un mediador calificado.
En cuanto a los elementos susceptibles de concesión, el SRI ha definido que sobre la obligación tributaria se podrá resolver acerca de los aspectos fácticos de valoración incierta que se encuentren controvertidos y respecto a la aplicación de conceptos jurídicos indeterminados en disputa; y sobre todo lo relativo al recaudo de la obligación, dentro del marco jurídico vigente.
Por otro lado, cuando se genere una controversia sobre la cuantía del crédito a devolver, la misma cabe dentro del ámbito de la transacción. Además, si el acuerdo transaccional rebasa el ámbito y los conceptos objeto de transacción, el acuerdo será nulo y no podrá ser convalidado.
En caso de que el funcionario recaudador considere que la deuda firme es de difícil recaudo se podrá acordar la remisión de intereses o reducción de la tasa, en virtud de lo dispuesto en el informe de análisis de costo-beneficio. Se consideran de difícil recaudo aquellas obligaciones que no pueden cobrarse en un plazo razonable porque el contribuyente carece de bienes o activos en Ecuador.
A. La transacción en materia tributaria
B. Objeto transigible
Elementos susceptibles de concesión
Controversias que se discuten en recurso de revisión
Controversias que se produzcan en procedimientos de pago indebido o pago en exceso
Elementos donde no aplica la transacción
C. Remisión de intereses
Remisión de intereses o reducción de tasas en obligaciones contenidas en actos firmes o ejecutoriados
Acceso a remisión de intereses prevista en la Ley Orgánica de Desarrollo Económico
Requisitos para aplicar la remisión
Disposición Transitoria Séptima de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia de COVID-19
Fechas para establecer los porcentajes de remisión de intereses y recargos
Requisitos para aplicar dicha remisión
D. Formas de proponer la mediación
Procedimiento para instrumentar la transacción en materia tributaria
Transacciones reconocidas por el Código Tributario
Aplicación del objeto transigible en la transacción extraprocesal
Momento para solicitar transacción extraprocesal
Momento procesal oportuno para solicitar la transacción intraprocesal
Ámbito de la transacción tributaria en la transacción intraprocesal
Prueba nueva
Aspectos generales sobre la proposición de la transacción
Contenido de la invitación a una audiencia de mediación
Presentación de la solicitud de mediación extraprocesal e intraprocesal
Rechazo de la solicitud de mediación
Costos de mediación y suscripción de su acuerdo
E. Suspensión de plazos
Efectos de la notificación de una solicitud de mediación
Fechas para contar plazos o términos de suspensión
F. Efectos del acta de mediación
Efectos de la suscripción del acta de mediación
Efectos de la suscripción de un acta de imposibilidad de acuerdo
Efectos de la suscripción de un acta de mediación frente a terceros
G. Competencia para acudir a las audiencias de mediación
H. Vigencia
Fuente Legal
Resolución No. NAC- DGERCGC22-00000036 emitida por el SRI y publicada en el Segundo Suplemento del R.O. No. 114 el 27 de julio de 2022.