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El Servicio de Rentas Internas (SRI), conforme a lo dispuesto en el Decreto Presidencial No. 182, expidió las normas para la aplicación de la tarifa de 0% del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) a las transferencias, envíos o traslados de divisas que realicen las aerolíneas extranjeras.
Por medio de esta resolución se establece que, el ISD que sea retenido o cobrado a partir del 1 de octubre de 2021 en las transferencias, envíos o traslados de divisas que estén sujetas a la tarifa 0%, deberá ser devuelto directamente al sujeto pasivo por parte de los agentes de percepción y/o retención.
Además, se establece que para estas transacciones no se deberán emitir comprobantes de retención.