Recordatorio de efectuar la reinversión de dividendos para quienes se acogieron a la Reducción Emergente de la Jornada de Trabajo

En la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19 se facultó a los empleadores a aplicar la reducción emergente de la jornada laboral. 

Las empresas que se acogieron a la reducción están prohibidas de reducir el capital social de la empresa y de repartir los dividendos obtenidos durante los ejercicios en que dicha jornada esté vigente.

Se recuerda que se deben reinvertir los dividendos realizando un aumento de capital hasta el 31 de diciembre del ejercicio impositivo posterior a aquel en que se generaron las utilidades.

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