Responsabilidad de los socios o accionistas en procesos judiciales en los que la persona jurídica es demandada.

La Corte Constitucional aclaró que los miembros, socios o accionistas de una sociedad civil o mercantil son terceros respecto a las relaciones que esta sociedad tenga con otros particulares o con el Estado. 

Bajo ese contexto, la Corte concluyó que los miembros, socios o accionistas no deben de ser parte de los procesos judiciales en los que se reclaman obligaciones que afectan únicamente al patrimonio de la compañía.

Es necesario recalcar que la Constitución reconoce el carácter vinculante de las decisiones emanadas por la Corte Constitucional.

Fuente Legal
Sentencia No. 2310-17-EP/22 emitida el 14 de septiembre de 2022.

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