Actualización del Régimen de Paraísos Fiscales

El SRI dejó sin efecto la Circular NAC-DGECCGC12-00013 de 2012, eliminando la lista específica de jurisdicciones consideradas como "regímenes fiscales preferentes". 

En adelante, cualquier jurisdicción que cumpla al menos dos de las tres condiciones establecidas en la Ley de Régimen Tributario Interno será considerada paraísos fiscales, regímenes fiscales preferentes o jurisdicciones de menor imposición, alineando así la normativa ecuatoriana con los estándares internacionales de transparencia.

Fuente legal
Circular Nro. NAC-DGECCGC25-00000002 emitida el 21 de enero del 2025.

Descarga el PDF