La nueva reglamentación ofrece a las empresas varios beneficios tributarios. Por un lado, el Reglamento General a la Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional regula la rebaja en el Impuesto a la Renta por la donación de bienes nuevos a las fuerzas del orden.
Paralelamente, el Reglamento General a la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas confirma que los aportes al Fideicomiso Ambiental son deducibles del Impuesto a la Renta, previa certificación que deberá ser emitida por la entidad fiduciaria.
Fuente legal
Registro Oficial – Suplemento Sexto Nro.166 de fecha 18 de noviembre de 2025.