21 mar. 2023
Foto de un hombre parado sobre una piedra observando el glaciar

Doing Business en Argentina

Por EY Argentina

Organización multidisciplinaria de servicios profesionales

21 mar. 2023

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EY Argentina presenta la serie Doing Business en Argentina, con el objetivo de brindar un esquema general de los temas tratados. 

Esta es una introducción del Doing Business en Argentina 2023.
Descarga la publicación completa en español (PDF)Descarga la publicación completa en inglés (PDF).

Argentina está dividida en 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las provincias tienen sus propias constituciones y poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Además, cada provincia está dividida en unidades administrativas (por ejemplo, municipalidades) que no son autónomas, pero tienen sus propios presupuestos y estructuras administrativas.

Nuestro sistema de gobierno consta de tres poderes: 

  • Ejecutivo (Presidente)
  • Legislativo (Congreso)
  • Judicial (Corte Suprema de justicia y tribunales inferiores)

El congreso está compuesto por el Senado y la Cámara de Diputados. Los integrantes se eligen por medio del voto popular. En el caso del Senado, se eligen tres integrantes por provincia por mandatos de seis años. La cantidad de integrantes electos en la Cámara de Diputados es proporcional a la población de cada provincia y se elige por períodos de cuatro años. 

Las elecciones presidenciales se celebran cada 4 años mediante un sistema de segunda vuelta: un candidato gana si obtiene el 45 % de los votos o el 40 % de los votos y tiene una diferencia mayor a 10 puntos porcentuales respecto del candidato en segundo lugar. Si no se cumplen estas condiciones, se realiza una segunda vuelta.

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Primer acercamiento

Perspectiva general

Paneo general por la actividad económica, el comercio exterior, el sector público, los flujos de capital y la infraestructura.

PBI y actividad económica

Argentina es la tercera economía más grande de Latinoamérica, detrás de Brasil y México y se ubica en el cuarto lugar en términos de PBI per cápita (contemplando la paridad del poder adquisitivo). Se estima que en 2023 su PBI alcanzará los 643,797 millones de dólares y el PBI por habitante ascenderá a 13,767 dórales (27,277 dólares en términos de PPA)¹ . El crecimiento económico de 10.4 % en el 2021 que surge como recuperación al año de pandemia, dejó un arrastre positivo para la primera mitad del 2022, por lo que, pese al enfriamiento de la actividad en los últimos meses del año, se espera que 2022 cierre con un crecimiento de 5.5 %. El 2023, no contará con el arrastre positivo del año previo, y la sequía, la falta de dólares y los límites a las importaciones que afectan a los insumos de la industria serán un limitante para la actividad durante gran parte del año. Por estas razones se espera un crecimiento nulo de la economía este año, la cual lleva una década de estancamiento.

Argentina tiene una economía diversificada. El sector primario es conocido en todo el mundo por su alta productividad y el uso de tecnologías de punta. Los sectores clave de la base industrial desarrollada de Argentina son la agroindustria, los automóviles, los productos farmacéuticos, los químicos y los petroquímicos, la biotecnología y la fabricación de diseño.

El sector de servicios es el que más contribuye al PBI total, puesto que representa cerca del 60 % del total.

Nuestro país es un productor líder de alimentos primarios. Está entre los cinco mayores productores mundiales de soja, harina de soja, aceite de soja, girasol, aceite de girasol y maíz; y entre los diez de cebada, sorgo y trigo².

Tiene, además, la cuarta reserva de petróleo no convencional más grande del mundo y la segunda reserva de gas no convencional más grande del mundo. Otros recursos naturales valiosos son el oro, el cobre, el plomo, el zinc, los boratos naturales, la bentonita, la arcilla y la piedra de construcción.

En los últimos años, en especial a raíz de la tendencia del sector automotriz hacia las plazas eléctricas, el litio, recurso de suma importancia para las baterías eléctricas, comenzó a cobrar mayor relevancia. Argentina es el segundo país del mundo, después de Bolivia, con mayor cantidad de recursos de litio (23 % de los recursos totales globales), y tercero en términos de reservas.

Actualmente, con dos proyectos operativos en Catamarca y Jujuy y otros 36 proyectos que están en distintas etapas de desarrollo, el país se posiciona como el cuarto mayor productor de litio en el mundo. Con la expansión en la demanda de los autos eléctricos, el rol de Argentina como uno de los grandes jugadores en esa industria cobra mayor relevancia. 

Los sectores industriales líderes en términos del valor bruto de la producción son el procesamiento de alimentos, las bebidas, los químicos y productos farmacéuticos, los vehículos motorizados y las piezas de repuesto, el coque, la refinería de petróleo y la fabricación de combustible nuclear.

Respecto de los servicios, los sectores que tienen el mayor porcentaje de valor bruto son comercio, que incluye venta mayorista, minorista y reparaciones, seguido por transporte, almacenamiento y comunicaciones. El sector de servicios encabeza el mercado laboral como el principal creador de puestos de trabajo.

La economía argentina lleva una década de estancamiento y el 2023 no será la excepción.

Comercio exterior por socio comercial

Los principales socios comerciales de Argentina (importaciones y exportaciones) son Brasil, China y Estados Unidos.

Históricamente el sector de los servicios (alrededor del 20 % del total de exportaciones e importaciones) de Argentina siempre tuvo una balanza comercial negativa, explicado principalmente por Turismo y Fletes. En los últimos años se fortalecieron los servicios orientados a la exportación, principalmente debido a los recursos humanos altamente capacitados de Argentina.

Sector Público

Durante el último decenio (2012 a 2021), la presión tributaria promedia los 30.1 puntos del PBI. Los impuestos internos a los bienes y servicios dan cuenta de 4.2 de cada 10 pesos de recaudación, mientras que los impuestos al trabajo explican 2.3 de cada 10, y 2.3 de cada 10 provienen de los gravámenes a los ingresos y ganancias de capital. El resto se divide entre los impuestos al comercio exterior y otros.

En lo que respecta al gasto público, si se promedia desde el 2016 al 2022, se sabe que el 85 % de los gastos se concentran en tres áreas: prestaciones sociales (56.6 %), subsidios económicos (12 %) y gastos de funcionamiento (15.8 %).

Una de las metas más importantes del acuerdo con el FMI firmado en el 2022 está vinculado a las cuentas fiscales. Luego de los ajustes fiscales de los últimos meses del año y con ayuda de ciertas maniobras contables, el Gobierno logró cumplir la meta fiscal y cerró el 2022 con un déficit primario en torno al 2.34 % del PBI. La desaceleración de la actividad registrada en los últimos meses del 2022, que se sostendrá durante buena parte del 2023, y el año electoral, harán que sea muy difícil cumplir con la meta fiscal del FMI en el 2023, que incluye llegar a un déficit primario de 1.9 % del PBI.  

El riesgo país continuó alto, promediando alrededor de los 2,177 puntos básicos en el 2022, e incluso superando los 2,900 p.b. en julio. Si bien con el acuerdo del FMI, recién a partir del 2027 se identifican pagos importantes al FMI, en la actualidad los desafíos más complejos que parece enfrentar el país de cara al 2023 son la alta inflación y un complicado perfil de los vencimientos en pesos, sobre todo en la previa de las elecciones.

Política monetaria y flujos de capital

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) es el organismo encargado de la política monetaria del país. Su propósito es promover la estabilidad monetaria y financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social (dentro del marco de las políticas definidas por el gobierno nacional). La política cambiaria actual es un sistema de crawling peg, donde el BCRA realiza pequeñas depreciaciones todos los días. En cada una de las rondas el Banco Central interviene en el mercado ya sea para sostener el tipo de cambio satisfaciendo la demanda o desde el lado comprador para incrementar el stock de reservas cuando la oferta es mayor.

Se mantienen restricciones a los flujos de capitales y a la compra de divisas (atesoramiento) por parte del público dada la escasez de reservas internacionales. 

Durante el 2022, se implementaron aún más restricciones en el mercado de cambios que difícilmente se relajen en el 2023. Esto también alcanza a las autorizaciones para pagos de importaciones que se encuentran fuertemente restringidas.

En 2022, en el marco del acuerdo con el FMI, el Banco Central pudo incrementar el stock de reservas internacionales netas. Esto se dio, principalmente, gracias a la implementación en dos oportunidades (septiembre y diciembre) de un tipo de cambio diferencial para las exportaciones de soja (dólar soja). Muy probablemente se vean nuevas ediciones del dólar soja en el 2023, aunque la sequía, que se sostiene hace varios meses y no da síntomas de mejoras, podría ser una gran limitación para la acumulación de reservas.

Otra política implementada a partir del programa con el Fondo Monetario Internacional fue un incremento en la tasa de interés. A lo largo del 2022, el BCRA prácticamente duplicó la tasa de política monetaria pasando de 38 % a 75 %. Después de estas subas quedó en línea con la inflación. La caída en la demanda de dinero es un factor que complica una baja de tasas, por eso en 2023 debería continuar en este nivel. El mayor nivel de tasas (junto a más necesidades de esterilización) hizo que el stock de deuda del Banco Central aumente mucho en 2022. 

Infraestructura 

A pesar de haber tenido siempre una infraestructura sólida, en los últimos años Argentina bajó posiciones en los Informes internacionales que evalúan estas cuestiones. En el último Informe de Competitividad Mundial publicado por el IMD (International Institute for Management Development), en donde se evalúan 63 países Argentina ocupó el puesto 62, únicamente superado por Venezuela.

En cuanto a la infraestructura del transporte, el sistema de carreteras y ferrocarriles se extiende a lo largo de más de 35.000 km, las conexiones marítimas operan en 46 puertos y el tráfico aéreo conecta 53 aeropuertos.

Argentina tiene uno de los mercados de comunicaciones móviles más dinámicos de América Latina. Durante el 2022 se avanzó con la implementación de la red 5G. En varios países de la región ya se encuentra disponible para uso comercial y se esperan avances sobre el tema en el país durante el 2023.

Las energías renovables continúan desarrollándose en el país y en el 2022 la energía generada por estas fuentes llegó a los 158 mil GWh, superior a los 153 mil del 2021. En octubre, se logró el pico histórico de cubrimiento de la demanda eléctrica a través de energías renovables llegando a ser del 31.3 % del total nacional. Para el total del año, las fuentes renovables cubrieron 13.9 % de la demanda. Se destaca un aporte cada vez mayor de la energía eólica. 

En el 2022, se inició la construcción de un gasoducto que unirá Vaca Muerta con Buenos Aires lo que permitirá aumentar el suministro de gas a los centros urbanos con mayor concentración poblacional. Su finalización se prevé para mediados del 2023, y de hacerlo antes de que finalice el inverno le podría evitar al país la importación de GNL, con el impacto que eso podría tener en las reservas del BCRA.

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Estructuras societarias

Crear una Sociedad

Vehículos de inversión que suelen usar las personas físicas o jurídicas extranjeras.

Los vehículos de inversión que suelen usar las personas físicas o jurídicas extranjeras son: sociedades anónimas, sociedades anónimas unipersonales, sociedades por acciones simplificadas, sociedades de responsabilidad limitada y sucursales. 

Se describen a continuación las principales características de estas cinco estructuras societarias, de acuerdo con las leyes argentinas y las reglamentaciones de la Inspección General de Justicia (IGJ) en tanto dichas sociedades se constituyan dentro de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  • Sociedad Anónima (S. A.)

    • El capital está representado por acciones. Las acciones deben ser nominativas no endosables. De acuerdo con los derechos que confieren, pueden clasificarse en ordinarias, privilegiadas o preferidas.
    • Debe ser constituida por instrumento público. 
    • La transferencia de acciones por lo general no tiene restricciones, pero pueden incluirse ciertas limitaciones en los estatutos o reglamentos de la sociedad.
    • Este tipo societario debe tener más de un accionista. 
    • La responsabilidad de los accionistas se limita al capital aportado. El capital mínimo exigido es de 100.000 pesos argentinos. Los aportes en efectivo pueden integrarse en un 25 % al momento de suscribir las acciones, y el saldo, durante los siguientes dos años. Los aportes en especie deben ser integrados en su totalidad al momento de la suscripción. 
    • Si las sociedades extranjeras tienen acciones en una sociedad constituida en Argentina, primero deben registrarse ante el Registro Público de Comercio y demostrar que realizan su principal actividad en el extranjero. 
    • Los accionistas deben celebrar al menos una asamblea anual cuyo orden del día principal consiste en la aprobación de los estados contables, la distribución de las utilidades y la designación de los directores y síndicos. La mayoría de los directores deben ser residentes argentinos. 
    • Ciertas sociedades anónimas que están sujetas a la fiscalización estatal permanente deben contar con un órgano de fiscalización interna. Según las circunstancias, puede ser ejercida por un síndico o una comisión fiscalizadora designada en la Asamblea de Accionistas
    • La razón social debe contener la expresión “Sociedad por Acciones” o su abreviatura “SA”.
  • Sociedad Anónima Unipersonal (S. A. U)

    La Ley General de Sociedades N° 19.550 (LGS) permite la constitución de una sociedad anónima unipersonal (SAU), que es un tipo de sociedad específica. Los requisitos especiales aplicables a la SAU son:  

    • Si bien las SAU son un tipo societario específico se les aplica la normativa correspondiente a las sociedades anónimas.  
    • La responsabilidad de los accionistas se limita al capital aportado. El capital mínimo exigido es de 100.000 pesos argentinos. El 100 % del capital social debe integrarse al momento de la constitución. 
    • El órgano de administración puede estar integrado por un solo director. 
    • Todas las SAU están sujetas a la fiscalización estatal permanente y deben contar con un órgano de fiscalización interna, integrado al menos por un síndico titular y un síndico suplente. 
    • Las SAU no pueden ser accionistas de otra sociedad anónima unipersonal. 
    • La razón social debe contener la expresión "Sociedad Anónima Unipersonal" o su abreviatura "SAU". 
  • Sociedad por Acciones Simplificadas (S. A. S)

    • Los socios limitan su responsabilidad al valor nominal de las acciones que acordaron suscribir.  
    • La SAS unipersonal no puede ser constituida por otra SAS unipersonal. 
    • La razón social debe contener la expresión "Sociedad por Acciones Simplificada" o su abreviatura "SAS". 
    • Las SAS deben tener uno o más accionistas. Las personas físicas y jurídicas extranjeras pueden ser socios. 
    • El capital mínimo es de dos Salarios Mínimo Vital y Móvil (aproximadamente 850 dólares). 
    • La administración está a cargo de un órgano de administración y puede ser individual o colegiada. La designación de un síndico o una comisión fiscalizadora es opcional. Debe designarse por lo menos un administrador suplente en caso de que la sociedad prescinda del órgano de fiscalización.  
    • Al menos uno de los miembros del órgano de administración debe ser residente argentino. 
    • En las SAS existen reglas similares a las de las sociedades anónimas respecto de la responsabilidad de los socios y los administradores.
    • La celebración de las reuniones del órgano de administración y de los socios puede realizarse a distancia. 
    • Los Libros societarios y contables son digitales. 
    • No puede ser controlada ni estar vinculada en más de un 30 % de su capital social por una sociedad sujeta a fiscalización estatal permanente. 
    • No puede hacer oferta pública de sus acciones, ni tener participación estatal, ni realizar operaciones de capitalización, ahorro o en cualquier forma que requieran dinero o valores al público con promesas de prestaciones o beneficios futuros, ni explotar concesiones o servicios públicos.
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. R. L)

    • Los socios limitan su responsabilidad al valor nominal de las cuotas suscriptas.   
    • Las transferencias de las cuotas deben registrarse ante el Registro Público de Comercio. 
    • Puede ser constituida por instrumento público o privado con firmas certificadas. 
    • La cantidad de socios debe ser entre 2 y 50. 
    • La administración está a cargo de una gerencia que puede ser individual o colegiada. La designación de un síndico o una comisión fiscalizadora es opcional para las SRL que no superen el capital social de los  50.000.000 pesos argentinos. 
    • Cuando el capital supera los 50.000.000 pesos argentinos, el órgano de administración debe estar integrado por al menos tres miembros y el órgano de fiscalización debe estar compuesto por al menos un síndico titular y un suplente. 
    • Existen reglas similares aplicables a las SA respecto de la responsabilidad de los órganos de gobierno y de administración
    • La razón social debe contener la expresión “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o su abreviatura “SRL”.
  • Sucursal de una Sociedad Extranjera

    • Estas entidades deben organizarse oportunamente de acuerdo con las leyes de su país de origen, comprobar la existencia de su casa matriz en el exterior, registrar sus estatutos ante el Registro Público de Comercio y designar e inscribir a un representante legal. 
    • Las sociedades constituidas en el extranjero que soliciten su inscripción como sociedades vehículo, deberán ser declaradas sociedad vehículo al momento de su inscripción en la República Argentina. No se admitirá la condición de sociedad vehículo de modo sobreviniente. 
    • Las sucursales deben llevar una contabilidad separada de la casa matriz respecto de las operaciones desarrolladas en Argentina, y presentar sus estados contables ante el Registro Público de Comercio. En principio, no es necesario asignar capital a la sucursal argentina de 
    • la sociedad extranjera, excepto ello sea requerido en materia regulatoria (i.e. aseguradoras o reaseguradoras). 
    • La IGJ exige que las sociedades extranjeras cumplan con un régimen informativo anual. En este sentido, deberán informar sobre su principal actividad desarrollada en el exterior y la individualización de sus socios. Asimismo, los representantes legales de sociedades extranjeras deberán constituir una garantía, similar a la ya requerida para directores titulares de sociedades locales.

Otras formas de entidades de inversión y participación empresarial son: Sociedades Colectivas, Uniones Transitorias, Agrupaciones de colaboración, Consorcios de cooperación y Fideicomisos.

Marco reglamentario

Gráfico de marco reglamentario

Protección de la propiedad intelectual

  • Marcas y denominaciones comerciales

    La Ley N° 22.362 y su decreto reglamentario rigen las marcas y denominaciones comerciales. La ley protege la posesión de marcas y su uso exclusivo una vez registrada ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI). La duración de un registro de marca y, por lo tanto, la protección, es de 10 años desde la fecha de otorgamiento y se puede renovar indefinidamente por períodos de 10 años, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos relacionados con su uso. 

  • Patentes y modelos de utilidad

    Las patentes y los modelos de utilidad están regidos por la Ley N° 24.481. La Ley establece que las patentes se otorgarán por cualquier invención siempre que sean (i) nuevas; (ii) entrañen una actividad inventiva, y (iii) sean susceptibles de aplicación industrial. La Ley otorga protección durante 20 años desde la fecha de aplicación de cada patente. Las personas físicas o jurídicas extranjeras deben tener domicilio constituido en Argentina para llevar a cabo la solicitud. La adjudicación debe registrarse en el INPI para que esté vigente ante terceros.

  • Patentes farmacéuticas

    La reglamentación, los derechos conferidos y los mecanismos para garantizar el cumplimiento de las normas relacionadas con esas patentes son, en términos generales, idénticas a las del resto de las patentes. Sin embargo, su reglamentación se complementa con las Resoluciones Conjuntas del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), el Ministerio de Producción y el Ministerio de Salud N° 118/2012, 546/2012 y 107/2012. Estas reglamentaciones restringen rigurosamente la patentabilidad de varias categorías de invenciones del campo farmacéutico.

  • Modelos y diseños industriales

    Los certificados de modelos o diseños industriales se otorgan para proteger los derechos de producción industrial. Para solicitar esos certificados, la persona física o jurídica debe tener su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires. Si el diseño o modelo no se usó o publicitó antes en Argentina, el certificado ofrecerá protección por un período de 5 años renovable por 2 períodos adicionales de 5 años cada uno. Las renovaciones deben solicitarse a más tardar 6 meses antes de que finalice el período de protección vigente. Si se presenta una solicitud de diseño en el extranjero, debe presentarse una solicitud de certificado de diseño en Argentina dentro de los 6 meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud extranjera.

  • Derechos de autor

    El marco legal de la reglamentación de los derechos de autor se define en la Ley N° 11.723 y sus modificatorias (Ley de Propiedad Intelectual). La protección en virtud de la Ley de Propiedad Intelectual incluye trabajos científicos, literarios, artísticos o educativos independientes de los procesos que se usen para su reproducción.

Protección de las inversiones extranjeras

Los inversores y las inversiones de sujetos extranjeros están protegidos por la legislación argentina. Las disposiciones argentinas e internacionales garantizan que Argentina sea un destino seguro para las inversiones extranjeras y los inversores extranjeros. Por ejemplo, Argentina firmó casi 60 tratados bilaterales de promoción y protección de inversiones y sancionó la Ley N° 21.382 de Inversiones Extranjeras para proteger las inversiones extranjeras en el país. Argentina se unió al CIADI en 1994 y tiene un observador del Comité de Inversión de la OCDE desde 1996. Además, Argentina integra la Agencia de Garantía de Inversiones Multilaterales (MIGA) y el Grupo del Banco Mundial, que ofrece seguros para inversiones extranjeros realizadas por personas físicas o jurídicas establecidas en los países miembros.

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Impuestos

El sistema fiscal argentino

Procedimientos para la presentación y el pago de los impuestos.

Principales impuestos

Los gobiernos nacionales, provinciales y municipales recaudan impuestos en Argentina. El gobierno nacional aplica impuestos a las ganancias, impuesto al valor agregado, impuestos sobre los bienes personales, impuestos internos, impuestos sobre los créditos y débitos bancarios e impuestos aduaneros. Las jurisdicciones provinciales y municipales recaudan impuestos sobre los ingresos brutos, impuestos inmobiliarios, impuestos de sellos, impuestos sobre los automóviles e impuestos sobre publicidad en la vía pública, entre otros.

Procedimientos para la presentación y el pago de los impuestos

El sistema fiscal argentino se basa en el principio de la autoliquidación. Las leyes fiscales nacionales exigen que los contribuyentes presenten declaraciones juradas anuales o mensuales para informar su ganancia imponible, determinar su obligación impositiva, deducir cualquier impuesto retenido o pagado por anticipado y pagar cualquier saldo adeudado.

La declaración jurada del impuesto de sociedades debe presentarse dentro de los 5 meses posteriores al cierre del ejercicio económico de la sociedad. El ejercicio fiscal de las personas físicas es el año calendario.

Las personas físicas cuyo ingreso es su remuneración únicamente no están obligadas a presentar una declaración jurada del impuesto a las ganancias por separado durante el ejercicio, en la medida que los montos correspondientes no sean superados. En cambio, sus empleadores deben retener el impuesto a las ganancias todos los meses y este impuesto se considera definitivo.

Los contribuyentes extranjeros que no estén establecidos en Argentina no deben presentar una declaración jurada si el impuesto a las ganancias a pagar está totalmente cubierto por la retención de impuestos a las ganancias de fuente argentina. 

Cálculo de los impuestos

La legislación en materia impositiva establece reglas muy pormenorizadas sobre cómo calcular los impuestos. En general, el cálculo se basa en hechos conocidos, como los que se muestran en los registros contables llevados por el contribuyente o en la documentación resguardada en el legajo. Únicamente cuando el contribuyente no ofrece información pormenorizada, no se llevan registros contables apropiados o la información o los registros son incorrectos o incompletos, las autoridades fiscales pueden aplicar las presunciones legales para establecer la obligación fiscal del contribuyente en cuestión.

Exportar a Argetina y desde Argentina

Reglamentaciones sobre importaciones

Las autoridades aduaneras argentinas incorporaron los Códigos de Sistema Armonizado (códigos HS, por su sigla en inglés) para clasificar los bienes y determinar los aranceles, que conforman la base del Nomenclador Común del Mercosur (NCM) aplicable a los países miembros del Mercosur. Los aranceles básicos se calculan a partir del valor CIF (costo, seguros y flete) de las importaciones. Los aranceles varían de acuerdo con los diferentes tipos de bienes y oscilan entre 0 % y 35 %. Según la clasificación arancelaria de los bienes, las importaciones también pueden estar sujetas a una tasa estadística del 3 % (con ciertos topes).

Además, las importaciones se encuentran sujetas a IVA. La alícuota de IVA puede ser del 21 % o 10,5 %, según la clasificación de los bienes y se calcula sobre un importe equivalente a la suma del valor en aduana, los derechos de importación y la tasa estadística. Las importaciones de ciertos bienes también están sujetas a impuestos internos.

La importación de bienes se encuentra sujeta al pago adelantado de ciertos impuestos (IVA, impuesto a las ganancias e impuesto sobre los ingresos brutos). Estos cargos son, de hecho, los adelantos o percepciones de IVA, impuesto a las ganancias e impuesto sobre los ingresos brutos que el importador debe pagar en relación con sus actividades (ventas, servicios, suministros, entre otros) en el mercado local. Por ejemplo, el adelanto de impuesto a las ganancias es un crédito contra el pago del impuesto a las ganancias anual del importador. Estos adelantos de impuesto no son aplicables si el importador considera que los bienes son "activos fijos" para fines contables o si el importador obtiene ciertos certificados de exención impositiva. La alícuota de adelanto de IVA es del 20 % o 10 % (según la clasificación de los bienes), la alícuota del adelanto de impuesto a las ganancias es del 6 %, y la alícuota de adelanto de impuesto sobre los ingresos brutos es del 2,5 %.

Existen reglamentaciones especiales para el comercio dentro del Mercosur. La alícuota correspondiente al derecho de importación aplicable es del 0 %. La tasa estadística no es aplicable. Los productos elegibles deben tener un certificado de origen de un país miembro del Mercosur que pruebe que gran parte del proceso de fabricación se realizó en algún país miembro del Mercosur.

En el mes de octubre de 2022 se derogó el Régimen que creó el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) y se creó un nuevo Sistema de Importaciones de la República Argentina denominado “SIRA”, aplicable a los importadores que realicen importaciones a consumo. Este nuevo Sistema está disponible a través del micrositio de AFIP, organismo que analizará: i) la situación del sujeto a partir de la información que obren en sus registros, ii) el perfil de riesgo, iii) la capacidad económica financiera (CEF) del importador. 

Reglamentaciones sobre exportaciones

Argentina estableció derechos de exportación que se aplican a las exportaciones para consumo de prácticamente todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur. La alícuota depende del tipo de bien exportado.

Mercosur

El 26 de marzo de 1991, Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay firmaron un convenio que establece una reducción gradual de los derechos de importación sobre el comercio entre los 4 países. La plena vigencia de este convenio comenzó el 1 de enero de 1995 mediante la eliminación de los derechos de importación entre los 4 países. Chile y Bolivia firmaron acuerdos de libre comercio con el Mercosur. El Mercosur también firmó acuerdos de comercio preferencial con otros países del ALADI (México, Colombia, Ecuador, Perú y Cuba) con el propósito de crear áreas de libre comercio. También hay acuerdos de comercio con India e Israel.

El Mercosur también firmó acuerdos de comercio preferencial con otros países del ALADI (México, Colombia, Ecuador, Perú y Cuba) con el propósito de crear áreas de libre comercio.

Régimen Cambiario Argentino

El Poder Ejecutivo Nacional decidió adoptar medidas calificadas como “transitorias y urgentes” para regular con mayor intensidad el Régimen de Cambios fundándose para ello en la necesidad de fortalecer el normal funcionamiento de la economía y contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real.

Con esa finalidad, se dictó, el 1 de septiembre de 2019, el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N° 609/2019, estableciéndose, entre otras cuestiones, que, el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”).

Asimismo se estableció que el BCRA establecerá los supuestos en los que el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados y las transferencias al exterior requerirán autorización previa, con base en pautas objetivas en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario y distinguiendo la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas y se lo facultó para establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones tendientes a eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en esa medida.

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Ley de Contrato de Trabajo

Legislación laboral

Regulación de las condiciones de empleo en toda la Argentina.

La Ley de Contrato de Trabajo, que se complementa con leyes y normas adicionales relativas a actividades específicas, regula las condiciones de empleo en toda Argentina. La ley no se aplica a los empleados públicos y otros sectores específicos, cuyas condiciones laborales están comprendidas en normas separadas.

Seguro de Riesgos de Trabajo

La Ley de Riesgos de Trabajo establece que debe contratarse una póliza de seguros de una compañía aseguradora de riesgos del trabajo. 

El aporte a las compañías de seguros de riesgos del trabajo usualmente está compuesto por un importe fijo por empleado y un porcentaje variable. El porcentaje variable se calcula a partir de las contribuciones patronales a la seguridad social (sin límite), además cualquier importe no remunerativo (excepto conceptos indemnizatorios en caso de extinción del contrato).

Seguro de vida

Los empleadores deben adquirir una cobertura de 181.500,00 pesos argentinos por empleado, siendo el valor mensual de 37,21 pesos argentinos desde marzo de 2022. Dichos valores se ajustan anualmente conforme al último salario mínimo vital y móvil publicado en el mes de diciembre de cada año, entrando en vigencia a partir del 1° de marzo del año siguiente.

Convenios de seguridad social

Argentina ha celebrado acuerdos de reciprocidad en materia de seguridad social con diversos países. 

El Convenio Multilateral del Mercosur que incluye a Brasil, Paraguay y Uruguay, así como los convenios bilaterales con Chile, Eslovenia, España, Francia, Grecia, Italia, Portugal, Perú y Colombia. 

Por otro lado, el Convenio Iberoamericano de la Seguridad Social, que incluye a Bolivia, Costa Rica, El salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, República Dominicana y Venezuela, así como los convenios bilaterales con Bélgica y el Gran Ducado de Luxemburgo, aún se encuentran vigentes y en proceso de instrumentación.

Autónomos

Los autónomos deben hacer un aporte a un fondo de pensiones específico. El importe que deben aportar depende de la naturaleza de su trabajo y el nivel de ingresos. Este aporte mensual oscila entre 9.003,60 pesos argentinos y 39.615,30 pesos argentinos. 

Independientemente de que exista una relación de dependencia con la sociedad, los miembros de los órganos de administración de las sociedades y los representantes de sociedades extranjeras, deben realizar aportes obligatorios al Régimen Nacional de Trabajadores Autónomos.

Contratos laborales

Por lo general, los contratos laborales no especifican la fecha de terminación, adecuándose al principio general de indeterminación del plazo. El principio deja de ser aplicable si: a) el período del contrato se definió por escrito y b) la actividad justifica la excepción. 

Se entiende que los contratos de trabajo por tiempo indeterminado se celebran por un período de prueba durante los primeros tres meses. Durante este período de prueba, cualquier parte puede extinguir la relación sin especificar la causa, pero con previo aviso. La terminación del contrato no genera el pago de indemnización en ese caso. 

Otros tipos de contratos incluyen: contratos a tiempo parcial (la jornada laboral no excede dos tercios de la jornada normal) y contratos de trabajo por temporada (cuando la relación entre las partes se limita a ciertos meses del año y se repite según el ciclo económico de la actividad). 

Otros sistemas de contratación aceptados por la legislación laboral argentina, que son excepciones al principio de indeterminación del plazo, incluyen contratos por tiempo determinado y contratos de trabajo eventual. Puesto que son excepciones al principio general, debe analizarse su aplicabilidad considerando las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo, según cada caso.

Requisitos especiales para personas físicas extranjeras

En principio, no existen restricciones al empleo de extranjeros ni cupos. Los expatriados pueden solicitar una exención respecto del pago de aportes y contribuciones, o los beneficios de un convenio de seguridad social internacional, según corresponda. En cada caso debe analizarse el tratamiento aplicable a los beneficios considerando las leyes en vigencia (usualmente, el paquete completo de beneficios se considera imponible).

Alcance de los beneficios

No es habitual en Argentina que las sociedades ofrezcan beneficios jubilatorios adicionales a los empleados, además de la jubilación oficial (algunas grandes sociedades locales y multinacionales son la excepción). 

En la mayoría de los casos, los beneficios relacionados con la asistencia sanitaria cubren las necesidades de los empleados. Sin embargo, la pensión durante la etapa de retiro suele no alcanzar importes demasiado elevados, lo cual favorecería el desarrollo de los planes de seguro de retiro privados. 

Se adoptaron algunas medidas para aumentar los mínimos a los que acceden los jubilados durante su retiro. El haber mínimo de retiro asciende de 50.124,26 pesos argentinos (valor vigente a diciembre de 2022).

Salario y otros beneficios de los empleados

Las leyes laborales argentinas protegen a los empleados. Varias reglamentaciones abordan conceptos, como las relaciones laborales, los distintos métodos de pago de los salarios, las licencias de maternidad y otras, y las restricciones al empleo de menores de edad. 

De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, se abonará un sueldo anual complementario equivalente al salario mensual pagadero en dos cuotas, la primera el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre de cada año. Además, los empleados tienen derecho a vacaciones según su antigüedad (que varían de 14 a 35 días por año). Los conceptos como las horas extra y las licencias por enfermedad están regidos específicamente por las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.

Extinción de la relación laboral

Puede extinguirse el contrato de trabajo por varios motivos. Las razones más comunes son la renuncia y el despido sin causa dispuesto por el empleador.

En caso de renuncia, el empleador sólo debe pagar el salario devengado, las vacaciones no gozadas y el proporcional del sueldo anual complementario. En el caso de despido sin causa, en adición a los pagos que corresponden en caso de renuncia, el empleador generalmente debe abonar la indemnización sustitutiva de preaviso –salvo que otorgue el mismo, el cual es de uno o dos meses, dependiendo de la antigüedad en el empleo-, y la indemnización por despido (equivalente a un salario por año de servicio o fracción mayor de tres meses, pudiendo resultar aplicable un tope sobre dicha base de cálculo).

(Chapter breaker)
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Información financiera

Normas de contabilidad y auditoría

Todas las jurisdicciones de la Argentina tienen Consejos Profesionales encargados de emitir normas contables y de auditoría.

Presentación de información financiera

En virtud de la Ley General de Sociedades y las reglamentaciones de la IGJ, las sociedades por acciones, y las sociedades de responsabilidad limitada que tengan un capital social superior a 50 millones de pesos argentinos, deben presentar a la IGJ los estados contables anuales, que incluyen, el balance general, el estado de resultados, el estado de evolución del patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo.

Además, las sociedades controlantes están obligadas a presentar estados contables consolidados como información complementaria a los estados individuales.

Las sociedades acciones, y las sociedades de responsabilidad limitada que tengan un capital social superior a 50 millones de pesos argentinos, deben presentar a la IGJ los estados contables anuales, que incluyen, el balance general, el estado de resultados, el estado de evolución del patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo.

La constitución, el funcionamiento y la liquidación de las sociedades comerciales están regulados por Ley General de Sociedades N° 19.550 y por las normas emitidas por los diversos organismos de control.

Los dos requisitos fundamentales son los siguientes:

  • Presentar los estados contables anuales auditados por un auditor externo independiente.
  • Las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada incluidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades que no tienen consejo de vigilancia deben tener un síndico o, en algunos casos, una comisión fiscalizadora. Esta función la llevan a cabo contadores y/o abogados (artículo 284 de la Ley General de Sociedades).

Las entidades de supervisión mencionadas en la siguiente tabla exigen que se presenten a la autoridad de control correspondiente los estados contables junto con el informe de auditor externo emitido por un contador público independiente.

Autoridad de cotrol Tipos de sociedades que controlan
Comisión Nacional de Valores Sociedades que realizan ofertas públicas de sus valores negociables
Banco Central de la República Argentina Entidades financieras
Superintendencia de Seguros de la Nación Compañías de seguro
Superintendencia de Administradoras de Riesgos del Trabajo Aseguradoras de riesgos del trabajo
Inspección General de Justicia (y autoridades provinciales similares) Sociedades por acciones, sucursales extranjeras, asociaciones civiles sin fines de lucro y fundaciones

El plazo general para presentar los estados contables anuales varía según la autoridad de control que corresponda. El plazo se define después de una cierta cantidad de días posterior al cierre del ejercicio:

Sociedad Plazo posterior al cierre

Sociedades que realizan ofertas públicas de sus valores negociables 

70 dias
Entidades financieras 

70 días corridos (3)

Compañías de seguro  60 días corridos (3)
Aseguradoras de riesgos del trabajo  45 días corridos (3)

Entidades sujetas al control de la Inspección General de Justicia:

Sociedades por acciones comprendidas en el art. 299 de la ley N° 19.550

15 días hábiles antes de la Asamblea de Accionistas (1)

Resto de las sociedades

15 días hábiles posteriores a la Asamblea de Accionistas (1) (2)

Sucursales extranjeras  120 días
Asociaciones civiles sin fines de lucro  15 días hábiles antes de la Asamblea
Fundaciones

 15 días hábiles posteriores a la reunión del Consejo de Administración

  1. La asamblea debe convocarse dentro de los cuatro meses posteriores al cierre del ejercicio.
  2. Los estados contables que deben presentarse electrónicamente a la IGJ, generados por el programa aplicativo provisto por la IGJ, acompañado de una declaración jurada de la sociedad y certificación de contador público independiente.
  3. Nuevo plazo establecido para los estados contables correspondientes al ejercicio 2022.
  • De acuerdo con el artículo 66 de la Ley General de Sociedades, los administradores de las sociedades por acciones, y las sociedades de responsabilidad limitada deben preparar una memoria en la fecha de emisión de los estados contables en la que informen sobre el estado de la Sociedad en las distintas actividades en que haya operado y expliquen los resultados y las proyecciones de la sociedad.
  • En virtud de las normas de la IGJ todas las sociedades por acciones, y las sociedades de responsabilidad limitada con un capital igual o superior a 50 millones de pesos argentinos, deberán incluir en la memoria cierta información adicional a la prevista en la Ley General de Sociedades relacionada con la estructura organizativa de la sociedad, sus actividades y objetivos y perspectivas para el ejercicio siguiente.
  • Bajo ciertas condiciones, en el caso de sociedades por acciones no comprendidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades (ver arriba) y en las sociedades de responsabilidad limitada con un capital social superior a 50 millones de pesos argentinos, la Asamblea podrá dispensar a los administradores de confeccionar la memoria con la información adicional mencionada anteriormente, cuando no fuera necesaria para sus propósitos, ni existan accionistas y terceros que hayan demostrado en forma fehaciente interés legítimo en dicha información. En esos casos, la memoria debe confeccionarse en función a los requisitos previstos en el artículo 66 de la Ley General de Sociedades.
  • Todas las sociedades que hacen oferta pública de sus valores negociables (“emisoras”) deben presentar estados contables trimestrales y una reseña informativa del Directorio, los cuales se publican en la página web de la Comisión Nacional de Valores. Esta información debe ser presentada dentro de los 42 días del cierre del período. Asimismo, en el caso de los estados contables trimestrales de sus sociedades controladas, bajo control conjunto y asociadas, las emisoras podrán reemplazar su presentación por la revelación en nota a sus estados contables de la información de dichas entidades conforme a la normativa aplicable vigente, en cuyo caso las emisoras deberán poner a disposición dichos estados contables si fueren requeridos por el público.
  • Las entidades financieras, compañías de seguro, y las administradoras de riesgos del trabajo deben presentar estados contables trimestrales a sus respectivos organismos de control en los siguientes plazos:
Sociedad Plazo de presentación de estados contables trimestrales
Entidades financieras Último día del mes subsiguiente al cierre (1)
Compañías de seguro 60 días corridos (2)
Aseguradoras de riesgos del trabajo 60 días corridos (2)
  1. Nuevo plazo establecido para los estados contables trimestrales que se emitan a partir del ejercicio 2023.
  2. Nuevo plazo establecido para los estados contables trimestrales que se emitan a partir del ejercicio 2022.

En todos los casos, los estados contables trimestrales y la reseña informativa del Directorio deben estar acompañados por un informe de revisión emitido por un contador público de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. De acuerdo con la Ley General de Sociedades, los estados contables deben confeccionarse en moneda constante.

Los dividendos pueden distribuirse sólo en base a las ganancias líquidas y realizadas que surjan de un balance correspondiente al cierre del ejercicio preparado según la ley y el estatuto de la sociedad. Las sociedades incluidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades pueden distribuir dividendos por adelantado o provisorios, en base a estados contables especiales, bajo la responsabilidad ilimitada y solidaria de los directores y síndicos.

Las normas de la IGJ establecen los siguientes requisitos societarios: 

  1. La capitalización del ajuste del capital social previo o simultáneamente a aumentos efectivos de capital.
  2. La distribución de los resultados no asignados positivos (ya sea mediante dividendos en efectivo o en acciones, o la constitución de reservas). 

Asimismo, las normas de la IGJ establecen mayores requisitos para la registración de aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones que los establecidos en las normas contables profesionales, principalmente su integración en efectivo y su capitalización obligatoria en un plazo que no podrá exceder el término del ejercicio económico en que se haya aceptado, computado desde la aceptación del aporte por el órgano de administración de la sociedad, salvo que en razón de la fecha de cierre del ejercicio, la asamblea general ordinaria deba celebrarse antes de cumplido el plazo, en cuyo caso la decisión sobre la capitalización mencionada deberá adoptarse en esa misma oportunidad. 

Normas contables profesionales

Aspectos generales

Argentina es una república federal formada por 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las jurisdicciones tienen Consejos Profesionales encargados de emitir normas profesionales contables y de auditoría. Las normas aprobadas por cada Consejo son obligatorias sólo para los profesionales inscriptos en la jurisdicción respectiva.

Todos los Consejos Profesionales de Argentina son miembros de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (FACPCE), organización que se encarga de coordinar esfuerzos a fin de emitir las normas profesionales contables y de auditoría. La FACPCE a través de la Comisión Elaboradora de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA) elabora proyectos de normas que somete a un período de consulta, finalizado el cual procede a emitir la norma profesional definitiva, que puede consistir en una Resolución Técnica o en una interpretación, cuya adopción es propuesta a los Consejos Profesionales de cada jurisdicción del país.

En 1998, la Junta de Gobierno de la FACPCE decidió poner en marcha un plan de armonización de las normas contables profesionales argentinas con las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), emitidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC, por sus siglas en inglés). El marco contable que resultó de la implementación de dicho plan consideró a las NIC vigentes a ese momento, pero el plan no previó un protocolo de actualización continua que permitiera incorporar los cambios que a posteriori se fueron produciendo en las normas internacionales.

En 2009, la FACPCE emitió la Resolución Técnica N° 26 por la que adoptó las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera), tal como son emitidas por el IASB (International Accounting Standard Board). La aplicación de las NIIF se estableció como obligatoria para algunas entidades, y optativa para otras, según se indica en la sección siguiente.

  • Adopción de la Resolución Técnica N° 26 y sus modificatorias

    La adopción de las NIIF en Argentina tiene las siguientes características:

    • Alcance de la aplicación obligatoria

    Es obligatoria la aplicación de las NIIF en los estados contables de las entidades incluidas en el sistema de oferta pública (Ley N° 17.811). La primera aplicación obligatoria fue en los estados contables de las entidades listadas correspondientes a ejercicios anuales iniciados a partir del 1° de enero de 2012 y a los períodos intermedios correspondientes a dichos ejercicios. Sin embargo, están exceptuadas de esta aplicación las entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores a mantener métodos contables de otro organismo regulador, como las entidades financieras, las compañías de seguros, las cooperativas y las asociaciones civiles.

    La obligación de aplicación de las NIIF alcanza a los estados contables consolidados de un grupo económico, a los estados contables separados de una sociedad controlante, y a los estados contables individuales de una sociedad que no es controlante de otra. Los estados contables separados e individuales mencionados son los que deben considerarse a todos los fines legales en Argentina, en tanto, los estados contables consolidados son información complementaria.

    • Aplicación opcional de las NIIF

    Las entidades no alcanzadas por, o exceptuadas de, la aplicación obligatoria de las NIIF, podrán opcionalmente aplicar las NIIF completas o la NIIF para las pequeñas y medianas entidades (PYMES), con el alcance establecido por el IASB.

    La NIIF para las PYMES no puede ser utilizada por entidades a las que el IASB expresamente excluye de su aplicación. Esta exclusión alcanza a las entidades cuyos instrumentos de deuda o patrimonio se negocian en un mercado público o que estén en proceso de emitir estos instrumentos, o cuando una de sus actividades principales sea mantener activos en calidad de fiduciario para un amplio grupo de terceros.

    No obstante lo establecido por la FACPCE, la posibilidad de aplicación optativa de las NIIF o de la NIIF para las PYMES debe ser aprobada por el organismo de control societario correspondiente a cada entidad. El estado de esta adopción por parte de los principales organismos de control se trata más adelante en la sección “Normas contables legales”.

  • Normas contables profesionales argentinas distintas a la RT26

    • Unidad de medida

    Las normas contables profesionales argentinas establecen que en un contexto de estabilidad monetaria la unidad de medida a utilizar es la moneda nominal. En la identificación de un contexto de inflación que justifique ajustar los estados contables se ponderan ciertas condiciones cualitativas, que son sustancialmente similares a las contenidas en las NIC 29 “Información Financiera en economías hiperinflacionarias”, pero el indicador clave y condición necesaria para reexpresar las cifras de los estados contables es la existencia de una tasa de inflación acumulada en tres años que alcance o sobrepase el 100 %.

    • Métodos de medición

    Los criterios de medición bajo las normas contables argentinas se aplican según la naturaleza de los activos y los pasivos.

  • Normas contables legales

    Las normas legales referentes a cuestiones contables sólo pueden ser emitidas por el gobierno nacional y los gobiernos provinciales por ley, decreto o resoluciones de entidades del gobierno a las que se han delegado poderes legislativos especiales en el tema de que se trata. 

    Las siguientes entidades del gobierno nacional están facultadas para emitir las normas legales relacionadas con cuestiones contables: La Comisión Nacional de Valores; el Banco Central de la República Argentina; la Superintendencia de Seguros de la Nación; la Superintendencia de Riesgos de Trabajo; el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual, que controla las cooperativas y asociaciones mutuales; el Instituto Nacional de Seguridad Social, que controla las obras sociales y entidades afines, y la Inspección General de Justicia (y autoridades provinciales similares).

    Algunas de estas entidades del gobierno incorporan automáticamente como normas contables legales a las normas contables profesionales aprobadas por la FACPCE y adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente. Otras entidades de gobierno emiten resoluciones específicas por las que adoptan total o parcialmente a las normas contables profesionales. Finalmente, existen entidades del gobierno que emiten sus propias normas contables legales, las que pueden contener diferencias significativas con las normas contables profesionales, como con frecuencia ha sido el caso del Banco Central de la República Argentina y de la Superintendencia de Seguros de la Nación. Las sociedades que estén fuera de la aplicación obligatoria de las NIIF, tienen actualmente habilitada por las normas contables profesionales la opción de aplicar las NIIF o la NIIF para las PyME según el tipo de entidad. El uso efectivo de esta posibilidad no depende solo de la decisión del emisor de los estados contables, sino de la autorización de los organismos de control.

  • Normas de auditoría

    La Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE describe las normas relacionadas con la ejecución de auditorías y revisiones limitadas de los estados contables de las entidades, entre otros servicios profesionales tratados en esa resolución. Asimismo, algunos organismos de control, como el BCRA o la SSN, emiten normas de auditoría y revisión que el auditor debe cumplir en adición a lo establecido en la RT 37. Estas normas incluyen, por ejemplo, una lista de los procedimientos de auditoría mínimos aplicables al examen de los estados contables anuales y trimestrales de las entidades bajo su control. 

    Para las auditorías y revisiones limitadas de estados contables que obligatoriamente deben ser preparados bajo NIIF, la FACPCE ha emitido en noviembre de 2012 las siguientes Resoluciones Técnicas, que requieren la aplicación de las normas emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por su sigla en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC por su sigla en inglés): 

    (a) Resolución Técnica N° 32: adopta y requiere la aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Auditoría en las auditorías de los estados contables que obligatoriamente deben prepararse bajo NIIF, con vigencia a partir de los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2014. 

    (b) Resolución Técnica N° 33: adopta y requiere la aplicación obligatoria de la Norma Internacional de Encargos de Revisión N° 2410, en las revisiones de los estados contables de períodos intermedios que obligatoriamente deben ser preparados bajo NIIF, con vigencia para los períodos intermedios correspondientes a los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2014. 

    La FACPCE ha emitido también la Resolución Técnica N° 34, que adopta y requiere la aplicación de las Normas Internacionales de Control de Calidad emitidas por el IAASB y las Normas sobre Independencia emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (IESBA, por su sigla en inglés), para todo contador que manifieste haber realizado servicios profesionales en los que se apliquen las normas contenidas en las Resoluciones Técnicas N° 32 y N° 33. 

    Las Resoluciones Técnicas N° 32 y N° 33: pueden ser aplicadas voluntariamente en casos distintos a los indicados en (a) y (b) precedentes, y, en tal caso, debe aplicarse obligatoriamente también la Resolución Técnica N° 34. 

    La adopción de nuevas NIAs o de las modificaciones a las NIAs o Normas de Ética ya adoptadas se efectúa mediante “Circulares de adopción de pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de la IFAC” que emite la FACPCE.

    La Junta de Gobierno de la FACPCE aprobó el 28 de septiembre de 2021 la Resolución Técnica N° 53 que sustituye el texto original de la Resolución Técnica N° 37, ahora denominada “Normas de Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificaciones, Servicios Relacionados e Informes de Cumplimiento”.

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Resumen

El equipo de EY Argentina presenta el Doing Business en Argentina, un documento en el cual podrás encontrar información acerca de los principales aspectos económicos, jurídicos e impositivos para hacer negocios en nuestro país.

Acerca de este artículo

Por EY Argentina

Organización multidisciplinaria de servicios profesionales