Comunicado de prensa
07 dic. 2022 

Límites al impuesto inflacionario

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El Cronista | Por Milton González Malla, Socio, Impuestos, EY Argentina. 

La inflación es el aumento generalizado y sostenido de los precios de los bienes y servicios, existentes en el mercado. Es decir que existe inflación cuando se produce un aumento general de los precios, no solo de artículos individuales, que da como resultado que por cada peso puedan adquirirse hoy menos bienes y servicios que ayer. Decimos por eso que la inflación destruye el valor de la moneda.

El concepto de señoreaje se remonta al beneficio que percibía la autoridad de las casas de moneda por acuñar una pieza cuyo valor intrínseco era menor al nominal. La facultad de acuñar moneda correspondía al señor feudal, de ahí que esta expresión se haya conservado hasta hoy. Actualmente, los gobiernos nacionales son responsables de acuñar las monedas, y los bancos centrales de emitir los billetes.

Vivimos en una época en la cual la inflación aumenta rápido. En varios países de diferentes latitudes este índice ya alcanzó, o está a punto de alcanzar, los dos dígitos. Mientras tanto en Argentina la inflación se encamina a los tres dígitos. En este contexto, el monopolio de los Estados -Bancos Centrales u organismos emisores- para imprimir papel moneda, representa una importante fuente de ingresos adicionales.

Como contrapartida, la inflación provoca distorsiones en el funcionamiento del sistema económico debido a su imprevisibilidad y porque altera los precios relativos. Uno de los grandes problemas que ocasiona la inflación es bien conocido para los argentinos: destruye los incentivos al ahorro. A su vez, otra arista menos conocida son los efectos de la inflación sobre la carga tributaria (incrementada) que conlleva el impuesto a las ganancias.

Concretamente: con las normas tributarias actuales, la tasa efectiva de impuesto a las ganancias que soporta un contribuyente en Argentina es más alta por la mera existencia de la inflación. La imposibilidad de practicar ajuste por inflación impositivo que sincere los efectos del altísimo nivel inflacionario que atravesamos en estos días, ha llevado la presión fiscal a niveles confiscatorios.

La buena noticia es que en un fallo reciente, que en cierto modo recepta la doctrina de la causa "Candy", la Justicia ha aceptado poner un nuevo límite a esta situación. En efecto, en octubre se conoció un esperado fallo de la Corte Suprema de Justicia en la causa Telefónica Argentina, el cual reconoció los quebrantos que se pueden indexar a los fines del impuesto a las Ganancias.

Es innegable la magnitud del desafío que la actual coyuntura impone a los desequilibrios fiscales del sector público. Sin embargo, también es indiscutible que la capacidad contributiva de quienes operan "en blanco" en Argentina ha llegado a un límite. 

Celebramos entonces el fallo Telefónica y esperamos que los tribunales se animen a multiplicar sentencias que fijen un límite a la voracidad fiscal desmedida en todos sus órdenes (municipal, provincial y nacional).