El Salvador: | Asamblea Legislativa recibe Proyecto de Ley denominado “Ley para Fomento de Entidades Fintech y Regulación de Servicios Financieros Digitales”

  • El Proyecto de Ley para Fomento de Entidades Fintech y Regulación de Servicios Financieros Digitales, pretende regular y fomentar los modelos de negocios basados en tecnologías financieras en El Salvador, con el fin de facilitar el desarrollo de nuevos productos y servicios financieros digitales en el país.
  • Los interesados deben monitorear el avance del Proyecto de Ley en la Asamblea Legislativa.

En la Sesión Plenaria celebrada el día 20 de agosto de 2024, la Asamblea Legislativa de El Salvador recibió una nueva iniciativa de ley denominada “Ley para Fomento de Entidades Fintech y Regulación de Servicios Financieros Digitales”.

De acuerdo con el Proyecto de Ley, el objetivo de la normativa es regular y fomentar los modelos de negocios basados en tecnologías financieras en El Salvador, en un ambiente que permita facilitar el desarrollo de nuevos productos y servicios financieros digitales prestados por personas jurídicas, salvadoreñas o extranjeras, que realicen operaciones dentro del territorio nacional, estableciendo así el marco regulatorio que regiría a las entidades Fintech nuevas y existentes.

El Proyecto de Ley busca regular los servicios financieros de acuerdo con la naturaleza de estos modelos de negocios, sus tecnologías, sus procesos y su infraestructura de funcionamiento. También define “Entidades Fintech” como aquellas que realizan diseño, elaboración, configuración y gestión de productos o servicios financieros digitales, mediante el uso de tecnologías. De igual forma, los segmentos del ecosistema financiero digital que serían regulados por la ley incluyen: i) pagos mediante plataformas digitales, ii) plataformas digitales de financiamiento alternativo o crowdfunding, y iii) préstamos por medio de plataformas digitales.

Asimismo, el Proyecto de Ley incluye el otorgamiento de una exención del Impuesto Sobre la Renta a las entidades Fintech sobre los ingresos, réditos o ganancias provenientes de sus inversiones, por el plazo de cinco años, luego de obtener la autorización de inicio de operaciones bajo dicha ley.

Próximos pasos

El Proyecto de Ley fue enviado a la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea Legislativa para la emisión del dictamen correspondiente, así como su posterior su discusión, aprobación, modificación o rechazo en el Pleno Legislativo. 

Para más información puede contactar a:

Rafael Sayagués

Héctor Mancía

Carlos E. Gaitán

La información contenida en el presente documento es de carácter general e informativo y no pretende, ni debe interpretarse, como asesoramiento y/o opinión legal, fiscal, contable o de ninguna otra índole.  El contenido de esta publicación se proporciona “tal cual”, sin garantías de integridad, exactitud o actualidad, y sin representaciones, garantías u otros términos contractuales de ningún tipo, expresos o implícitos. Se advierte al lector que este material puede no ser aplicable o adecuado a sus circunstancias o necesidades específicas, y puede requerir la consideración de otros factores fiscales, no fiscales  y de otra naturaleza si se contempla alguna acción. El lector deberá ponerse en contacto con su asesor de EY u otro profesional del ámbito fiscal, legal, contable o el área de competencia que proceda, antes de emprender cualquier acción basada en esta información. EY no asume obligación o responsabilidad alguna de informar al lector de cualquier cambio en la legislación fiscal y otros factores que pudieran afectar la información aquí contenida. EY rechaza toda responsabilidad por cualquier error u omisión en la publicación. Ningún miembro de Ernst & Young Global Limited (EYGL) o Ernst & Young International (EYI), ni EYGL ni EYI, acepta responsabilidad alguna por la pérdida ocasionada a cualquier persona que actúe o deje de actuar en base a esta publicación.