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Mediante el Decreto Ejecutivo N.°45358-H, publicado en el Alcance N.°164 a La Gaceta N.°239 del 19 de diciembre de 2025, el Poder Ejecutivo actualizó para el período fiscal 2026 el monto exento y los tramos de la escala del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda. La actualización rige a partir del 1° de enero de 2026.
Tramos y tarifas aplicables en 2026
La actualización puede variar el cálculo del impuesto para contribuyentes con bienes inmuebles de uso habitacional sujetos a este tributo, ya que ajusta tanto el monto exento aplicable en 2026 como los límites de cada tramo de la escala que determinan la tarifa progresiva.
Para 2026, el monto exento se fija en ¢143.000.000,00; esto implica que, cuando el valor fiscal de la construcción (incluyendo instalaciones fijas y permanentes) sea igual o inferior a ese monto, el inmueble no estaría sujeto al impuesto para el período 2026, según los parámetros del decreto.
Base imponible (valor fiscal)
Tarifa
Hasta ¢359.000.000,00
0,25%
Sobre el exceso de ¢359.000.000,00 y hasta ¢720.000.000,00
0,30%
Sobre el exceso de ¢720.000.000,00 y hasta ¢1.081.000.000,00
0,35%
Sobre el exceso de ¢1.081.000.000,00 y hasta ¢1.443.000.000,00
0,40%
Sobre el exceso de ¢1.443.000.000,00 y hasta ¢1.800.000.000,00
0,45%
Sobre el exceso de ¢1.800.000.000,00 y hasta ¢2.162.000.000,00
0,50%
Sobre el exceso de ¢2.162.000.000,00
0,55%
Se recomienda revisar el valor fiscal que servirá de base para el período fiscal 2026, confirmar si el inmueble supera el monto exento y validar el tramo aplicable con la escala vigente, para estimar el impuesto del período, el cual deberá pagarse a más tardar el 15 de enero de 2026.