Entre los principales cambios, la ley establece como obligatoria la publicación mensual por parte de la Administración Tributaria del listado de las personas físicas y jurídicas con deudas tributarias ante la Hacienda Pública, incluyendo los montos adeudados. Asimismo, dicha publicación deberá contemplar los nombres de quienes no hayan presentado sus declaraciones tributarias o realicen actividades económicas sin haberse inscrito como contribuyentes.
Adicionalmente, se dispone que, anualmente, la Administración Tributaria deberá publicar la lista actualizada de grandes contribuyentes nacionales que hayan reportado pérdidas o utilidades iguales a cero en el período fiscal anterior.
Finalmente, la reforma reafirma el derecho de los contribuyentes a que su información personal y tributaria sea tratada con carácter confidencial, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos, secreto bancario y consentimiento informado. En este sentido, la Administración Tributaria únicamente podrá utilizar dicha información para la correcta aplicación de los tributos y no podrá cederla ni comunicarla a terceros, salvo en los supuestos expresamente previstos por la ley.
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