Esta resolución entrará en vigor a partir de enero de 2027 y tiene como objetivo armonizar la normativa fiscal con los estándares contables internacionales adoptados en Costa Rica, incluyendo NIIF Plenas y NIIF para PYMES.
Como parte de sus principales disposiciones, la resolución establece lineamientos sobre el tratamiento tributario y la presentación financiera de diversas partidas. Adicionalmente, señala que los Grandes Contribuyentes Nacionales deberán llevar su contabilidad y presentar sus estados financieros bajo NIIF Plenas, lo que implica un mayor nivel de detalle y desagregación de información financiera frente a la Administración Tributaria. Por su parte, los contribuyentes del régimen general podrán optar por utilizar NIIF para PYMES o NIIF Plenas, según sus necesidades regulatorias y de información financiera.
La resolución no resulta aplicable a contribuyentes inscritos en los regímenes Simplificado y Especial Agropecuario.
El incumplimiento de estas disposiciones podrá dar lugar a la aplicación de las sanciones y multas previstas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
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