La actualización de los tramos del impuesto sobre la renta obedece a una variación técnica del –0,38 % en el IPC interanual, según la fórmula prevista en la Ley n.°7092, lo que se traduce en una mayor carga impositiva para asalariados y personas jurídicas con renta bruta inferior a ₡¢119.174.000,00 que no estén registradas como PYMES ante el MEIC o el MAG.
Tratándose del impuesto sobre las utilidades de personas físicas con actividad lucrativa, a partir del 1.º de enero de 2026, regirán las disposiciones de la Ley n.°10.667, la cual amplía el monto y ajusta las tarifas progresivas con el fin de reducir la carga tributaria de los trabajadores independientes con menores ingresos.
A continuación, se presenta la comparación entre los tramos y créditos fiscales vigentes en 2025 y los valores que regirán desde el 1.º de enero de 2026:
Impuesto al salario: