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Guatemala | Guatemala deroga el Impuesto sobre Herencias, Legados y Donaciones


El Congreso de la República de Guatemala aprobó el Decreto Número 6 2026, mediante el cual se deroga en su totalidad la Ley del Impuesto sobre Herencias, Legados y Donaciones, contenida en el Decreto 431. Con esta derogatoria, la transmisión de bienes por herencia, legado o donación por causa de muerte deja de estar afecta a cualquier impuesto, eliminando así un tributo que había sido catalogado como obsoleto, de bajo rendimiento y de difícil recaudación.

El Decreto también establece la exoneración de todos los impuestos, multas, intereses y recargos generados conforme a la ley derogada, salvo aquellos que ya hubieran sido pagados previamente. Las entidades administrativas deberán devolver a los interesados los expedientes de sucesiones y donaciones por causa de muerte que estuvieran en trámite, sin necesidad de solicitud alguna. Asimismo, los procesos contencioso-administrativos o económico‑coactivos en curso deberán darse por terminados por los tribunales competentes aplicando la exoneración establecida.

Los jueces y notarios encargados de los procesos sucesorios continuarán su trámite conforme a la legislación vigente, y una vez concluidos, deberán remitir las certificaciones correspondientes a los registros respectivos para el traspaso de bienes, sin requerir la liquidación o pago de impuesto alguno. De este modo, la reforma simplifica significativamente los procedimientos sucesorios en el país.

Finalmente, el Decreto 6‑2026 establece que entrará en vigencia treinta días después de su publicación en el Diario Oficial, lo que implica que sus efectos jurídicos aplicarán de forma general a partir de esa fecha, impactando directamente en la gestión y resolución de procesos sucesorios y transmisiones de bienes por causa de muerte.

 

Para más información puede contactar:

Antonio Ruiz

Manuel Ramírez

Ana Alfaro

Cilia Castellanos

Edgar García