Antecedentes
En marzo del 2024, se publicó el Acuerdo SAR-653-2023, relativo a la introducción e implementación del Informe País por País (y su notificación) para los contribuyentes residentes en Honduras, los cuales formen parte de un Grupo Multinacional. Dicha obligación es consistente con la Acción 13 del Proyecto contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
El Acuerdo SAR-653-2023 surtirá efecto respecto de los Ejercicios Fiscales reportables de Grupos Multinacionales que comiencen a partir del 1 de enero de 2025.
Sujetos obligados
Las disposiciones establecidas en el Acuerdo SAR-653-2023 alcanzan a los contribuyentes que sean Sociedad Matriz Última o Entidad Integrante designada de un Grupo Multinacional que sean residentes fiscales de Honduras y sus ingresos consolidados sean iguales o mayores a 750 millones de euros en moneda nacional, según el tipo de cambio vigente a enero 2015.
Aspectos importantes de la guía publicada por el SAR
La Guía de preguntas frecuentes del Informe País por País (CbCR) publicada por el SAR se compone de tres secciones:
- Etapas para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Acuerdo SAR-653-2023:
- Establece en grandes rasgos los vencimientos y medios para presentar tanto el Informe País por País, como la notificación del Informe País por País.
- Información relativa a la presentación de la notificación del Informe País por País:
- La presentación de la notificación para el ejercicio fiscal 2025 tiene fecha de vencimiento a más tardar el 31 de diciembre del 2025.
- La presentación de dicha notificación se hará exclusivamente a través de la Oficina Virtual (OVI) de la página del SAR. Según las guías publicadas por el SAR, se hará a través de un formulario que estará disponible en la sección denominada “Informe País por País”.
- No se aceptarán notificaciones físicas en las oficinas del SAR.
- Detalle del contenido de la notificación (i.e., confirmación si forma parte de un Grupo Multinacional, ejercicio fiscal reportable, condición de casa matriz última o entidad subrogada, datos de la entidad informante – razón social, nombre comercial, residencial fiscal y Tax ID).
- Si el Grupo Multinacional tiene varias subsidiarias en Honduras, las notificaciones deben hacerse de manera individual, es decir, entidad por entidad.
- Información relativa a la presentación del Informe País por País:
- Generalidades sobre la presentación del Informe País por País y preguntas como: ¿Qué es el Informe País por País?, ¿Cuál es el objetivo del Informe País por País?, ¿De dónde nace la obligación?, ¿Con qué países se comparte la información?, ¿Qué debe incluir el Informe País por País?
- Los ejercicios fiscales reportables de los Grupos Multinacionales, según el acuerdo SAR-653-2023, inician el 1 de enero del 2025.
- El plazo para la presentación del Informe País por País es de máximo 12 meses transcurridos desde el último día del ejercicio fiscal reportable del Grupo Multinacional.
- Si una entidad hondureña notifica al SAR que su Grupo Multinacional presentará el Informe País por País en Honduras, el SAR procederá a habilitarle o proporcionales las correspondientes plantillas de Excel para realizar la presentación del Informe País por País.
- La presentación del Informe País por País se debe hacer a mediante un archivo XML que cumpla con la estructura establecida por la OCDE.
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