En ese sentido, el Proyecto de integración SIGA-DMCE avanza contemplando dos fases principales: una primera fase que incluye la implementación de la declaración de reexportación y la emisión de certificados de reexportación; y una segunda fase de implementación de la declaración de exportación y procesamiento de tránsitos internos. Actualmente, se ha completado el mapeo y validación de la interfaz entre sistemas, eliminando duplicidades y optimizando la digitalización de información.
Antes del 1 de abril de 2026, todos los usuarios deben estar registrados como exportadores o reexportadores ante la ANA. Para ello, los requisitos comprenden la aportación del poder notariado y memorial dirigido a la Dirección General, el certificado de Registro Público, documentos que acrediten actividad en Zona Franca o Depósito, la identificación del representante legal y del usuario SIGA, la constancia de RUC y el formulario de activación de usuario externo SIGA. Asimismo, la documentación debe ser presentada por conducto de un abogado en la Oficina de Asesoría Legal de la ANA.
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