Mediante Circular MEF-2026-3833 de 16 de enero de 2026, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), comunicó que en el marco de las acciones requeridas para cumplir con los estándares internacionales, se creó una Mesa de Trabajo Interinstitucional, encaminada a cumplir con la depuración de las personas jurídicas que se encuentran pendiente de disolución, para cuyo fin se procedió a homologar la base de datos del Registro Público y la Dirección General de Ingresos (DGI), por lo que, a partir del 27 de febrero de 2026, se iniciará el proceso de disolución en 2 etapas, para lo cual agruparán a las personas jurídicas, según el régimen aplicable.
En la Etapa 1 se procederá a la disolución de 290,534 personas jurídicas que mantengan marginal de disolución por falta de pago de Tasa Única por más de 10 años, conforme lo establece el artículo 318-A del Código Fiscal, tal como fue modificado por la Ley 49 de 2009, cuyo proceso de disolución fue ordenado en el año 2016, por la DGI.
En la Etapa 2 se disolverán las personas jurídicas que mantengan estatus suspendido por más de un año en el Registro Público, con base en el artículo 318-A del Código Fiscal.
Señaló el MEF, que en la medida en la que se avance con el proceso, se estará publicando la información de las personas jurídicas sujetas a disolución.
Para más información puede contactar: