23 jun. 2022

Reforma Tributaria 2022: Y las start-ups, ¿cuándo?

Por Víctor Fenner

Associate Partner Business Tax Advisory, EY Chile

Papá de Amanda, apasionado por la argumentación y la filosofía, lector sin tiempo, y con placer nada culpable por el café, el chocolate, el heavy metal y los autos (Alfista total).

23 jun. 2022

 

L
a frase “hay que apoyar a las pymes” parece hoy casi un cliché, y no hay sector político que no la repita una y otra vez. En 2014 se reformuló el estatuto tributario de las empresas cuyos ingresos no superaran las 75.000 UF anuales, con beneficios como la depreciación instantánea, rebaja de tasa y PPM, contabilidad simplificada, integración tributaria total, etc.

Con todo, la pregunta es si dichos beneficios es lo que necesitan todos los emprendimientos pequeños o tempranos, y ahí es donde parece radicar un potencial problema: dentro del término pyme existe una diversidad tal que pretender que un mismo traje (el estatuto “pyme” de la Ley de la Renta) servirá a todos ellos es cuanto menos ingenuo.

Un tipo de emprendimiento que, como todo negocio que parte de cero, comienza en el segmento “pyme” es lo que hoy se conoce como “start-up”. Lo que diferencia una start-up de, por ejemplo, un almacén de barrio es que la primera busca desarrollar un modelo de negocios fundamentalmente escalable (“ofrece lo que todos quieren, y tiene capacidad de entregarlo a todo el que lo pida”, dijo algún autor). El fenómeno start-up en Chile, Latinoamérica y el mundo, bien se sabe, está en vertiginosa expansión, y cada vez más seguido nos asombra un nuevo “unicornio” (Cornershop, NotCo, Betterfly, y otros).

Pero volvamos a la Ley de la Renta.

¿Necesitaron los Cornershop, los NotCo, y los Betterfly, en su momento, depreciación instantánea, contabilidad simplificada, tasa y PPM rebajados? Marginalmente. Y la razón es bastante obvia. En sus comienzos, tuvieron pérdidas (a lo menos tributarias), de manera que daba lo mismo la tasa y PPM; y ninguna de ellas era particularmente intensiva en activo fijo, de suerte que la depreciación instantánea tampoco quitó el sueño a ninguno de sus fundadores. ¿Contabilidad simplificada? Todas, como emprendimientos tecnológicos que son, podían tranquilamente llevar contabilidad completa. ¿Integración tributaria total? No había dividendos para distribuir.

Entonces, el estatuto pyme no fue, en realidad, relevante para ellos.

Y es porque en sus inicios, una start-up necesita una sola cosa por sobre todas las demás: que se atrevan a invertir en ellas. La pregunta, entonces, es cómo lograr (a través del sistema tributario) que un inversionista local prefiera aportar 200 mil dólares en una start-up chilena, que invertir ese dinero en un proyecto inmobiliario en Miami, o tomar fondos mutuos de renta fija.

¿Qué pasaría si le decimos a ese inversionista que podría rebajar su inversión como gasto, y que la futura ganancia de capital será una renta exenta? ¿Y que las rentas provenientes de propiedad industrial y tecnología desarrollada y patentada en Chile tendrán 10 años de exención? ¿O que puede donar a aceleradoras y organizaciones de apoyo a las start-up, y rebajar la donación como gasto?

Son preguntas que bien podría hacerse el equipo que, en las oficinas del Ministerio de Hacienda, hoy redacta el proyecto de reforma tributaria.

Resumen

Una start-up necesita una sola cosa por sobre todas las demás: que se atrevan a invertir en ellas. La pregunta, entonces, es cómo lograr (a través del sistema tributario) que un inversionista local prefiera aportar 200 mil dólares en una start-up chilena, que invertir ese dinero en un proyecto inmobiliario en Miami, o tomar fondos mutuos de renta fija.

Acerca de este artículo

Por Víctor Fenner

Associate Partner Business Tax Advisory, EY Chile

Papá de Amanda, apasionado por la argumentación y la filosofía, lector sin tiempo, y con placer nada culpable por el café, el chocolate, el heavy metal y los autos (Alfista total).