Costa Rica | Aumento de Salarios Mínimos en el Sector Privado de Costa Rica a partir de 2024

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 44276-H, publicado el 07 de diciembre de 2023 en el Diario Oficial La Gaceta, los tramos del Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre el Salario vigentes a partir de enero de 2024, son los siguientes:

Impuesto sobre la Renta para personas jurídicas     

Aquellas personas jurídicas cuya renta bruta anual supere la suma de ₡120.582.000,00, pagarán un 30% de Impuesto sobre la Renta. Caso contrario, aplicará la siguiente escala: 

Por jornada ordinaria:

Trabajadores en Ocupación no Calificada

                                       ₡ 11.953,65

Trabajadores en Ocupación Semicalificada

                                        ₡ 12.998,72

Trabajadores en Ocupación Calificada

                                        ₡ 13.448,72

Trabajadores en Ocupación Especializada

                                        ₡ 15.613,91

Ocupaciones genéricas por mes:

Trabajadores en Ocupación no Calificada

₡ 358.609,50

Trabajadores en Ocupación Semicalificada

₡ 389.961,60

Trabajadores en Ocupación Calificada

₡ 403.461,60

Técnicos Medios de Educación Diversificada

₡ 422.798,93

Trabajadores en Ocupación Especializada

₡ 463.248,99

Técnicos de Educación Superior

₡ 521.053,17

Diplomados de Educación Superior

₡ 562.756,90

Bachilleres Universitarios

₡ 638.299,51

Licenciados Universitarios

₡ 765.985,67

El aumento sobre las categorías antes expuestas no afecta a aquellos puestos cuyo salario ya se encontraba por encima del monto mínimo fijado.

De requerir de nuestra asistencia para (i) la elaboración de opiniones legales referentes a temas de salarios mínimos o (ii) revisar el marco legal aplicable para determinar el salario mínimo correspondiente a sus trabajadores, no dude en contactar a nuestro equipo especializado en materia laboral.

·       Laura Navarrete Hernández: Laura.Navarrete@cr.ey.com

·       Guillermo Vargas Masís: Guillermo.Vargas@cr.ey.com

·       Karina Piedra Chacón: Karina.Piedra.Chacon@cr.ey.com

·       Melany Pérez Villegas: Melany.Perez@cr.ey.com

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