Las personas jurídicas inactivas deben de cumplir con su declaración informativa anual a través de la Declaración Informativa de Personas Jurídicas, Formulario D-195.
El Ministerio de Hacienda pondrá a disposición de los contribuyentes dicho Formulario a partir de 24 de abril de 2023.
Esta obligación deberá completarse a más tardar al 30 de abril de cada año. Por una única vez, se prorroga la presentación de esta declaración para el 31 de mayo de 2023.
Según un comunicado de prensa del Ministerio de Hacienda, a partir de las 8:00 am del 24 de abril de 2023, se pondrá a disposición de las sociedades inactivas en el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV), la declaración informativa de las personas jurídicas inactivas, Formulario D-195, para su respectivo cumplimiento.
Las sociedades inactivas deben presentar este formulario a más tardar el 31 de mayo de 2023. El incumplimiento en la presentación de la declaración en tiempo, puede acarrear la imposición de una sanción por parte de la Administración Tributaria equivalente a tres salarios base (₡ 1.386.600).
Para más información sobre el alcance de la obligación de las sociedades inactivas de reportar información y el Formulario D-195, puede consultar este enlace.
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