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Dentro de los principales cambios que introduce la Resolución, está la tramitación de las solicitudes de información y asistencia básica tributaria, incidentes tecnológicos o gestiones para la recuperación de claves o modificación de datos en las plataformas TRAVI o ATV, a través de un formulario disponible en la página web del Ministerio de Hacienda y no a través del correo electrónico de infoyasistencia@hacienda.go.cr.. Además, se establecen una serie de requisitos generales que deberán cumplir todas las solicitudes para su tramitación.
Las solicitudes de información básica tributaria indicada anteriormente que no sean presentadas a través de esta plataforma no serán atendidas. El correo infoyasistencia@hacienda.go.cr podrá ser utilizado únicamente cuando exista una suspensión temporal de la plataforma que sea atribuible al Ministerio de Hacienda.
El 27 de junio de 2022, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta N° DGT-R-19-2022, a través de la cual se regulan las condiciones de uso de la plataforma de InfoyAsistencia disponible en el sitio web del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.go.cr).
La Resolución establece las condiciones generales del uso de la plataforma, lo que incluye, entre otras:
Requisitos generales que debe contener el caso registrado, dentro de los que se incluyen: identificación del solicitante, la solicitud formulada por escrito con exposición clara y precisa del motivo por el que se requiere la información, nota firmada a través de firma digital o firma autógrafa y correo electrónico para recibir solicitudes.
Se establece su uso obligatorio para la presentación de solicitudes de información y asistencia básica tributaria, incidentes tecnológicos sobre el uso de las diferentes plataformas y herramientas de la Dirección General de Tributación y gestiones relacionadas con la recuperación de la claves o modificación de datos en las plataformas TRAVI y ATV.
Formulario que debe ser completado, según el tipo de solicitud, incidente o gestión. Se requiere registrar una dirección de correo electrónico para recibir el acuse de recibo, requerimientos, respuestas y demás información relacionada con la solicitud presentada.
En caso de que la solicitud incumpla total o parcialmente con los requisitos de presentación, la Administración Tributaria realizará una prevención que deberá ser cumplida en un plazo de 10 días hábiles. En caso de no cumplirse con lo prevenido se cerrará la solicitud, sin perjuicio de que se pueda reiniciar su trámite.
El plazo de atención de las solicitudes que se reciban a través de la plataforma de InfoyAsistencia será de 10 días hábiles, desde la fecha de presentación. De requerirse un plazo mayor, este deberá justificado y debidamente comunicado al interesado.
En caso de que se presente cualquier situación que provoque una suspensión temporal de la plataforma atribuible a la Administración Tributaria, se habilitará para la presentación de las solicitudes la cuenta de correo electrónico infoyasistencia@hacienda.go.cr.
Las solicitudes recibidas a través de la cuenta de infoyasistencia@hacienda.go.cr, que se encuentren pendientes de responder, se les dará el debido proceso de atención y se resolverán siempre y cuando se cumpla con los requisitos que se hayan requerido.
Las disposiciones de esta Resolución rigen a partir de su publicación. Las solicitudes de información básica tributaria presentadas por otro medio se tendrán por no presentadas.