La Unidad de Investigación Financiera de la Fiscalía General de la República, por medio de circular de fecha 01 de diciembre de 2022 suscrita por la Fiscal Adjunta de la UIF, comunica que mediante acuerdo No 712 de fecha 24 de noviembre de 2022, emitido por el Fiscal General de la República, pendiente de publicarse en Diario Oficial del 02 de diciembre de 2022, acordó otorgar a los sujetos obligados, que más adelante se indican, un plazo de SEIS MESES DE PRÓRROGA para la entrada en vigencia del “INSTRUCTIVO PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE DINERO Y DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y LA FINANCIACIÓN DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA”. Dicha prórroga del plazo de seis meses iniciará a contar del 07 de diciembre de 2022 al 6 de junio de 2023.
Los sujetos obligados son:
- Importadores o Exportadores de Productos e Insumos Agropecuarios, y de Vehículos nuevos o usados
- Agencias de Viajes, Empresas de Transporte Aéreo, Terrestre y Marítimo
- Empresas Constructoras
- Empresas Privadas de Seguridad e Importadoras y Comercializadoras de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Artículos Similares
- Empresas Hoteleras
- Partidos Políticos
- Organizaciones No Gubernamentales
- Inversionistas Nacionales e Internacionales
- Droguerías, Laboratorios Farmacéuticos y Cadenas de Farmacias
- Asociaciones, Consorcios y Gremios Empresariales
- Cualquier otra Institución Privada o de Economía Mixta, y Sociedades Mercantiles
Quedamos a sus órdenes, en el caso de que requiera ampliar alguna información o sí requiere mayor detalle en algún aspecto en específico.
Atentamente,
EY LAW EL SALVADOR