Con la declaratoria de inconstitucionalidad del Decreto Legislativo N° 56-2015, se producen cambios sustanciales a la Ley Marco del Sistema de Protección Social en relación con las aportaciones del empleado y empleador por concepto de beneficio por invalidez, vejez y muerte.
El 27 de octubre del 2022, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, la Certificación CSJ-IHNSS de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que contiene la sentencia sobre la garantía de inconstitucionalidad interpuesta vía acción, contra el Decreto Legislativo Nº 56-2015, emitido por el Congreso Nacional el 02 de julio de 2015, en el Diario Oficial La Gaceta número 33,771, contentivo de la Ley Marco del Sistema de Protección Social.
A través de su sentencia, la Sala Constitucional declaró la inconstitucionalidad del Decreto N° 56-2015 por razones de contenido y forma, generándose con ello los siguientes dos cambios en la Ley Marco del Sistema de protección Social: i) la aportación del empleado por concepto de beneficio por invalidez, vejez y muerte será del 1% y ii) la aportación del empleador por concepto de beneficio por invalidez, vejez y muerte será del 2%
Asimismo, la derogación del Decreto Legislativo mencionado devuelve al Instituto Hondureño de Protección Social (IHSS) la potestad aplicar las tasas de aportación de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 4, artículos 55, 55 A y 55 B de la Ley del Seguro Social.